15 días después no se ha comunicado al exdecano del Colegio de Abogados de Málaga que su juicio ha sido fijado para junio de 2023
El decano emérito de Málaga, Francisco Javier Lara, considera que su Junta de Gobierno actuó de acuerdo con la ley. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

15 días después no se ha comunicado al exdecano del Colegio de Abogados de Málaga que su juicio ha sido fijado para junio de 2023

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28/9/2022 01:51
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Actualizado: 28/9/2022 08:21
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«La única información que tengo de que el juicio contra mi persona se ha fijado para el 5 y el 7 de junio de 2023 es a través de ustedes. Ni a mi abogado, ni a mi procurador ni a mí mismo nos han dicho nada. ¿Descoordinación o desorganización de la Administración de Justicia? Juzguen ustedes. Sobre todo, juzguen por qué a ustedes les informan y al justiciable, que soy yo, no lo hacen. ‘Cui prodest’, que decían los romanos. ¿A quién beneficia? A mí, no, evidentemente», explica Francisco Javier Lara, decano emérito del Colegio de Abogados de Málaga.

Será en el Juzgado de lo Penal 15 de Málaga. El Ministerio Fiscal lo acusa de un supuesto delito de desobediencia, por negarse a enviar a cuatro abogados del turno de oficio a asistir a otros tantos detenidos de forma presencial, en los calabozos de la Ciudad de la Justicia de Málaga, el 6 de mayo de 2020. En el momento más peligroso de la pandemia, cuando no existía vacuna alguna.

Una decisión que fue tomada no por Lara solo sino por toda su Junta de Gobierno. Sin embargo, sólo él ha sido imputado.

El Ministerio Fiscal solicita para Lara una condena de multa de 12 meses a 15 euros diarios, 5.400 euros.

Los hechos sucedieron cuando España entera estaba confinada desde hacía 51 días. El Gobierno había impuesto el estado de alarma para hacer frente a la pandemia de COVID-19 el 14 de marzo de 2020.

A través de los medios de comunicación las noticias no podían ser más preocupantes y desalentadoras.

En esas fechas en España ya había 235.400 casos diagnosticados; 122.439 personas habían precisado hospitalización. Las Unidades de Cuidados Intensivos de los Hospitales estaban al límite.

Las muertes ya se elevaban a 26.834 personas (la cifra final oficial a día de hoy es de 88.159).

No se daba abasto para enterrarlas o para incinerarlas. Muchos ataudes fueron apilados en pistas de hielo, pabellones de deportes y lugares por el estilo.

Éramos el tercer país europeo –entendido como continente no como Unión Europea–con más enfermos por COVID-19.

En Andalucía los contagiados se elevaban a 12.450 personas; 6.131 estaban hospitalizadas.

Los fallecidos entonces ya sumaban las 1.334 personas (en Andalucía 11.350, a día de hoy).

Y subiendo.

ESCRITO DE DEFENSA

En su escrito de defensa, el decano emérito de Málaga recuerda, primero, que en ese estado de cosas se estaban prestando las asistencias a los detenidos de forma no presencial, priorizando los sistemas telemáticos, conforme a la Resolución del Ministerio de Justicia sobre Seguridad Laboral de la Administración de Justicia durante la Pandemia Covid-19 de 23 de marzo de 2020.

Sin embargo, la magistrada titular del Juzgado de Instrucción 10 de Málaga, Estela Gómez Giner, con la que el decano emérito había tenido un rifirrafe a través de Facebook días antes, exigió que los cuatro abogados prestaran la asistencia de forma presencial a cuatro detenidos.

«La Ilustrísima señora magistrada titular del Juzgado de Instrucción nº 10 de Málaga, sin tener en consideración las resoluciones de los Ministerios de Justicia y Sanidad, durante la tremenda pandemia que tan virulentamente nos azotaba, y siendo consciente de que no se contaba en los calabozos de la Ciudad de la Justicia ni en el Juzgado de su titularidad con medios de protección que proporcionar a los letrados de guardia, pretendía que los mismos realizaran la entrevista con los detenidos de forma personal en los calabozos y dictó la providencia de fecha 6 de mayo de 2020, remitida al ICAMA a las 11,03 horas (apenas 1 hora y 24 minutos después de la llamada telefónica)» en la que exige conocer los nombres de los letrados de guardia, dice en su escrito de defensa.

Y en el caso de no responder, ordenó deducir testimonio por delito de desobediencia.

Hacia el mediodía, la magistrada ordenó poner en libertad a los detenidos. «No fue necesariamente a consecuencia de la falta de personación de un letrado para asistirlas puesto que nada se indica sobre qué partes del plazo máximo de las 72 horas de detención se había consumido en cada uno de los detenidos».

El decano emérito alega cuatro nulidades por vulneración de derechos, y considera que no existió delito.

Por lo tanto, no se dan los elementos para el tipo de desobediencia. E insiste en que se actuó con el único fin de preservar la salud de los letrados ante la pandemia. Lo que se verá en el juicio.

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