La Justicia sigue estimando los recursos de acceso a la Policía  a pesar de la videograbación de la entrevista
Así ha ocurrido en una reciente sentencia del TSJM, de 13 de enero, sobre un caso que ha llevado el abogado Joaquín Bachrani. Foto: Policía Nacional.

La Justicia sigue estimando los recursos de acceso a la Policía a pesar de la videograbación de la entrevista

Y pese a la modificación de las bases de la convocatoria
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01/2/2023 06:52
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Actualizado: 01/2/2023 00:31
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Entre los opositores a la Escala Básica de la Policía Nacional que fueron declarados no aptos en la entrevista personal había una gran expectación por conocer cómo resolvían los tribunales sus recursos a raíz de que la videograbación de la misma. Una garantía por la que tantos años llevaban luchando, que se realiza desde la convocatoria de la promoción 36, de 30 de mayo de 2019, en la que también se estableció en las bases, entre otras novedades, que la entrevista dejaba de ser de carácter psicológico y pasaba a ser profesional y personal.

Y ello por si la videograbación y esas otras modificaciones podían dar una apariencia de formalidad de la motivación de un «no apto».

Pues bien, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) sigue estimando los recursos.

Así ha ocurrido en una sentencia dictada el pasado 13 de enero (1/2023), que firman los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) Elvira Adoración Rodríguez Martí (presidenta), María Jesús Muriel Alonso, Santiago de Andrés Fuentes, Manuel Ponte Fernández e Ignacio del Riego Valledor, que ha sido el ponente.

Ponte ha formulado un voto particular discrepante.

En esta resolución, el tribunal ha estimado el recurso de una opositora a la Escala Básica de la Policía Nacional a la que en mayo de 2019, el tribunal calificador la declaró “no apta” en la parte b) de tercera prueba (“entrevista personal”) del proceso selectivo, con la consiguiente exclusión del mismo. 

La Dirección General de la Policía había desestimado su recurso de alzada.

El caso lo ha llevado el abogado Joaquín Bachrani Reverté, especializado en este tipo de procedimientos contenciosos-administrativos, y que lleva 19 años defendiendo a aspirantes a la Policía Nacional y a la Guardia Civil, y a funcionarios en activo de ambos Cuerpos.

«Esta sentencia vuelve a abrir las puertas a la estimación de todos los recursos, tanto de reconocimiento médico como de entrevista personal, de la Escala Básica y Ejecutiva de la convocatorias 36 en adelante», declara a Confilegal Bachrani, letrado con despacho en Ávila con su nombre, y servicio a nivel nacional, que lleva desde 2005 más de 300 sentencias favorables en el TSJ de Madrid.

«Esta sentencia vuelve a abrir las puertas a la estimación de todos los recursos, tanto de reconocimiento médico como de entrevista personal, de la Escala Básica y Ejecutiva de la convocatorias 36 en adelante», afirma Bachrani

Este abogado considera que «los opositores que tienen la entrevista personal ya grabada -convocatorias 36, 37 y 38, la de la 39 todavía está en curso- ya puedan estar tranquilos, porque el hecho de que se haya viodegrabado la entrevista no supone una aspecto negativo, sino una garantía más. Y a pesar de que se cambia la redacción de las bases de la entrevista personal, sigue siendo esencialmente igual que antes, como dice la propia sentencia».

«LA ABOGACÍA INTENTÓ CREAR CONFUSIÓN SOBRE LA SENTENCIA DEL TS QUE ESTABLECIÓ EL CONTENIDO QUE DEBEN TENER LAS ENTREVISTAS»

Este letrado también llevó el caso en el que el Tribunal Supremo (TS) sentó jurisprudencia sobre el contenido que deben tener las entrevistas personales de acceso a la Policía Nacional. 

Fue en la sentencia de 1 de junio (666/2022), sobre el caso de un opositor al que lo habían declarado «no apto» en la entrevista personal, y el informe forense que se hizo en su día – solicitado por los propios magistrados y que no se había hecho en el resto de casos- salió mal. 

El TSJM, en base al informe forense, lo había rechazado. Entonces, Joaquín Bachrani recurrió en casación y el Supremo dictaminó que el informe forense estaba bien fundamentado, pero que no estaba bien motivada la entrevista personal y los factores no estaban bien publicitados, y estimó el recurso.

El Alto Tribunal ordenó que se tenían que retrotraer las actuaciones de ese caso concreto al momento en el que se hizo la entrevista personal, y que se tenía que motivar en base a qué fue declarado «no apto».

Bahrani asegura que la Abogacía «ha tratado de utilizar esa sentencia para crear confusión» sobre ese caso concreto y puntual, para que se extrapolara al resto de opositores». 

«Prueba de ello es que uno de los magistrados del TSJ ha señalado que está de acuerdo con sus compañeros, pero entiende que se tendría que repetir la prueba con las precisiones, el contenido, las exigencias que estableció el TS en aquella sentencia», indica el abogado.

VOTO PARTICULAR DISCREPANTE DE UNO DE LOS MAGISTRADOS

El magistrado disidente, Manuel Ponte, declara en el voto particular que está de acuerdo con sus compañeros en que está mal motivado el «no apto» en la entrevista personal a pesar de la viodeograbación, pero considera que se tendrían que retrotraer las actuaciones para realizar otra vez la entrevista con los criterios del Tribunal Supremo.

Los otros cuatro magistrados que integran el tribunal manifiestan que el citado caso es muy particular y que no se puede aplicar a los nuevos opositores. 

LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA

El TSJM dictamina en esta sentencia que debe reconocerse a la recurrente su derecho a que se declare que ha superado la entrevista personal. Y ha condenado en costas a la Administración, hasta un máximo de 500 euros, más IVA.

En síntesis, considera que lo que hace la División en esa nueva redacción de las bases es utilizar otras palabras para decir lo mismo de siempre. 

Considera que lo que hace la División en esa nueva redacción de las bases es utilizar otras palabras para decir lo mismo de siempre

Es decir, que si se están evaluando factores como socialización, comunicación, motivación, características de la personalidad, cualidades profesionales y rasgos clínicos -son seis en la Básica y siete en la Ejecutiva, donde se añade la aptitud de mando-, no se puede decir que esa entrevista no es psicológica, porque esos factores son de carácter psicológico.

En la demanda, el abogado que ha llevado el caso también destacó que a un opositor a la Policía no se le puede hacer una entrevista de carácter profesional porque todavía no es un funcionario del Cuerpo y no tiene formación policial al respecto, y que en todo caso, eso solo se le podría hacer cuando ya sea un funcionario en activo para ascender, pero no a un civil.

Ordena que se procedan a valorar los test psicotécnicos que hubiera realizado o, en su defecto, se realicen. Y que a esa prueba se le aplique la nota de corte de la convocatoria de origen

«Una de las partes más importantes de esta sentencia ha sido el argumento reflejado por los magistrados mayoritarios a la hora de decantarse por la solución establecida en un caso concreto y particular por el Tribunal Supremo, o seguir con la jurisprudencia y criterio anterior del propio TSJ. Los magistrados señalan de forma expresa que no puede aplicarse el hecho concreto único y puntual tratado en dicha sentencia del TS, de junio de 2022, ya que en esta se realizó una prueba forense que no se ha realizado en el resto de supuestos», concluye el letrado.

El TSJM ordena que se procedan a valorar los test psicotécnicos que hubiera realizado o, en su defecto, se realicen. Y que a esa prueba se le aplique la nota de corte de la convocatoria de origen.

Lo cierto es que el TS, en próximas fechas, tendrá que resolver si dicha solución es conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad, al haberse admitido recientemente varios recursos de casación al respecto, varios de ellos de este abogado.

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