El Servicio Andaluz de Salud tendrá que pagar 45.000 euros a una mujer por una negligencia al medicarle sin control durante 12 años
El tratamiento pautado sólo puede tomarse hasta un máximo de 5 años y la mujer llevaba 12.

El Servicio Andaluz de Salud indemniza con 45.000 euros a una mujer por una negligencia al medicarle sin control durante 12 años

El consumo prolongado del tratamiento le provocó un endurecimiento en los huesos, lo que hizo que un pequeño golpe se convirtiese en una fractura de fémur

8 / 06 / 2023 06:30

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº6 de Málaga, José Óscar Roldán ha ordenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) indemnizar con 45.000 euros a una mujer de 59 años por una negligencia médica.

La paciente, según la sentencia 112/2023 de 16 de mayo padecía una enfermedad llamada osteoporosis. Se caracteriza por una disminución de la densidad de los huesos a causa de la pérdida del tejido óseo normal. Para combatirla, el Centro de Salud de Lobilla, situado en Estepona, Málaga, le pautó un tratamiento con ácido alendrónico semanal en mayo de 2004.

Sin embargo, estuvo 12 años tomando tal medicación cuando realmente el límite para ingerir este tipo de tratamiento es entre 3 y 5 años siempre con control médico facultativo sanitario. Ya que con ese tipo de controles se estudia cómo funciona la medicación, si hay que regular la dosis o retirarla. Pero en este caso, nadie le había revisado el tratamiento. 

A consecuencia de la ingesta incontrolada de ácido alendrónico sus huesos comenzaron a endurecerse y en abril de 2016 se dio un pequeño golpe en el pie en su casa que le provocó una fractura de fémur a pesar de que ni siquiera llegó a caerse. 

La mujer tuvo que ser intervenida quirúrgicamente

Debido a dicha fractura fue intervenida quirúrgicamente procediendo a una reducción de fractura de fémur y fijación interna con clavo intramedular. Fue en estos momentos cuando le recomendaron finalizar con el tratamiento.

El traumatólogo del Hospital Costa del Sol le dijo a su marido que ese hueso no se fracturaba así de fácil y que la causa de la misma había sido la toma de ácido alendrónico durante un tiempo prolongado. El SAS lo negó todo.

Por ello, la paciente, de la mano del abogado especialista en Derecho Sanitario, Damián Vázquez del equipo jurídico de El Defensor del Paciente decidió acudir a los tribunales “porque este tipo de tratamiento mantenido en el tiempo es completamente incompatible con lo que indican los protocolos y con el propio prospecto del medicamento”. Además, no le informaron de las contraindicaciones del mismo.

Protocolos como los dictados, por ejemplo, por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

Francisco Damián Vázquez, abogado de Málaga, experto en negligencias médicas y del Defensor del Paciente.

El juez determino que sí hubo una defectuosa actuación

El juez consideró, tras practicar las pruebas que fueron admitidas, que sí hubo una defectuosa actuación o aplicación de la lex artis por parte de los facultativos de la sanidad pública andaluza”. 

En palabras a Confilegal, el letrado ha señalado que se olvidaron completamente de ella. «No le hicieron ningún tipo de control y se tomó esa medicación continuamente. La consecuencia que ello le ha traído, y que además lo dice también el prospecto del medicamento, es que se le endureciesen los huesos». 

La clienta está “contentísima” y muy agradecida con la labor de los abogados y con que se haya hecho justicia. Entienden que la indemnización es muy correcta y que la sentencia dictada está muy fundada. 

Ahora hace su vida como puede, al tener clavos tiene molestias, dolores y algunas secuelas, pero «intenta después de tantos años seguir adelante» a pesar de que no puede hacer esfuerzos ni tampoco deporte.

Este no es un caso aislado, porque tal y como ha relatado Damián Vázquez, Andalucía es la segunda comunidad autónoma más reclamada en España por negligencias médicas, después de Madrid.

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