El Gobierno de Navarra sanciona a Mercadona por la situación humillante sufrida por dos trabajadoras
Por una infracción calificada como muy grave en el artículo 8.11 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, graduándose la sanción correspondiente en grado mínimo. Foto: Mercadona.

El Gobierno de Navarra sanciona a Mercadona por la situación humillante sufrida por dos trabajadoras

Confirma la propuesta de sanción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a raíz de las denuncias presentadas por las afectadas, asesoradas por el sindicato ELA y 'Bidelagun Fundazioa'; ambas han estado periodos prolongados de baja por ansiedad por estos hechos
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20/7/2023 06:30
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Actualizado: 20/7/2023 10:45
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El Gobierno de Navarra ha impuesto una sanción de 7.501 euros a Mercadona, formulada por la inspectora de Trabajo y Seguridad Social, por la situación hostil y humillante sufrida por dos trabajadoras del supermercado de Burlada a manos de la coordinadora. 

Considera que se ha atacado la dignidad de estas dos trabajadoras. Ambas empleadas han estado periodos prolongados de baja por ansiedad por estos hechos.

La resolución la firma la directora general de política de empresa, proyección internacional y trabajo, Izaskun Goñi Razquin.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social levantó acta en diciembre de 2022, a raíz de las denuncias presentadas por las afectadas, con el asesoramiento del sindicato ELA y ‘Bidelagun Fundazioa’.

Concluyó que los hechos constituyen una infracción en materia laboral, por vulneración del artículo 4.2.e) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. También lo ve así el Gobierno de Navarra.

La Ley Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social establece la presunción de certeza de las comprobaciones inspectoras. 

Estas comprobaciones, en este caso han sido las declaraciones de los compañeros de las dos personas afectadas.

Inspección de Trabajo sostiene que la empresa “no ha aportado pruebas que desvirtúen los hechos comprobados en el acta, que han concluido la existencia de vulneración de la dignidad” de estas empleadas, valorando un conjunto de incumplimientos empresariales y dictaminando la infracción del artículo 8.11 del Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Dicho artículo se refiere a “los actos del empresario que fueren contrarios al respeto de la intimidad y consideración debida a la dignidad de los trabajadores”.

De conformidad con ello, el Ejecutivo de Navarra ha confirmado la sanción, graduada en grado mínimo.

El pago de la misma deberá hacerse efectivo en el plazo de un mes contado a partir de que alcance firmeza en vía administrativa. Ahora cabe recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Económico y Empresarial.

‘Bidelagun Fundazioa’ ha pedido ya al Instituto Nacional de la Seguridad Social que las bajas de estas trabajadoras se declaren derivadas de accidente de trabajo.

El siguiente paso ha sido poner el caso en manos de la Justicia solicitando indemnizaciones por daños morales y la extinción de la relación laboral de una de ellas por incumplimientos empresariales graves.

“VISIBILIZA LOS GRAVES PROBLEMAS QUE TIENE LA PLANTILLA DE MERCADONA EN RIESGOS PSICOSOCIALES”, DESTACA EL ABOGADO

“Estas dos trabajadoras lo han pasado y lo están pasando muy mal y esta resolución del Gobierno de Navarra supone un enorme apoyo moral para ellas”, declara a Confilegal el abogado del caso, David Pena Díaz, de ‘Bidelagun Fundazioa’, fundación del sindicato ELA para la promoción y defensa de la Salud Laboral.

David Pena está especializado en Riesgos Laborales y Seguridad Social y tiene más de 20 años de trayectoria profesional.

Destaca que lo importante de esta resolución es que “visibiliza los graves problemas que tiene la plantilla de Mercadona en materia de riesgos psicosociales”, y abre la puerta a estas trabajadoras para iniciar acciones judiciales “por el trato humillante que recibieron de su coordinadora”.

“No es sano que en el lugar de trabajo uno se tenga que enfrentar a un clima de hostilidad y de presión constante como el que relata el Informe de la Inspección de Trabajo, ni tampoco ir con miedo a trabajar, como ocurre a estas dos empleadas”, expone el letrado. 

Señala que Mercadona “debería hacer una profunda reflexión sobre el contenido de este informe de la Inspección de Trabajo”.

DE TODAS LAS DECLARACIONES DE LOS TRABAJADORES SE DESPRENDE EL CARÁCTER HOSTIL, AMENAZAS, EL MAL CARÁCTER Y PRESIÓN CONSTANTE 

Sin embargo, Inspección de Trabajo expone que de todas las declaraciones de los empleados, se desprende “el carácter hostil y las formas que emplea” la coordinadora del centro de trabajo de Burlada para tratar con los trabajadores”.

También que la “amenaza” con no responder al “Modelo Mercadona” o con el despido son constantes por parte de esta coordinadora, justificada por la mercantil.

Añade que cuando  las trabajadoras se han dirigido a RRHH, la solución a los problemas siempre ha sido “arreglar los papeles” para marcharse de la empresa. 

De las declaraciones de los trabajadores, no sólo de las afectadas, se desprende el “mal carácter” de la coordinadora y el trato que reciben de ella: “broncas constantes, descalificaciones, malas caras, retirar el saludo…, lo cual incide en el estado de ánimo de los trabajadores/as y en que muchos decidan marcharse de la empresa”.

El acta también pone el foco en que después de la visita de inspección, la abogada y la coordinadora fueran llamando uno por uno a todos los trabajadores que la actuante había entrevistado, lo que “pone en evidencia la presión que la empresa y la coordinadora ejercen sobre sus trabajadores”.

Y también señala la inspectora que los testimonios de los trabajadores fueron obtenidos después de garantizarles la confidencialidad de los mismos, ante el temor a represalias.

EL “CALVARIO” SUFRIDO POR UNA DE LAS DENUNCIANTES 

Una de estas trabajadoras, delegada del sindicato ELA, tiene diferentes limitaciones por motivos de salud y está con jornada reducida por guarda legal. 

Según denuncia, prácticamente desde que la denunciada se incorporó al supermercado empezó a cambiarle los horarios, y aunque el médico de empresa le recomendó que no la pusieran en cajas zurdas por sus limitaciones en un brazo, lo ha hecho en varias ocasiones. 

Relata varios desencuentros y acusaciones de la coordinadora a lo largo de 2021.

Expone que el 2 de julio de 2021, la coordinadora volvió a hablarle de malos modos, acusándola de no presentarse a trabajar el 15 de junio. Ese día habían operado a su hijo y había presentado un justificante.

El 5 de julio le volvió a echar otra bronca por cómo estaba la sección “horno” el sábado; después la llamó a la oficina preguntándole por qué no puede levantar peso, y por qué tiene que ir al baño cada dos horas (tiene informe médico desde que nació su hija), diciéndole que “eso es abandono de puesto de trabajo”, recoge la resolución.

Añade que el 6 de julio se encontró con que tenía que despaletizar y luego estar en una caja zurda. Preguntó a la encargada que si le podía cambiar a una caja diestra y ésta le dijo que tenía que “consultarlo”. 

A las 6.00 sufrió un mareo y le dolía mucho el brazo. A las 9.00 preguntó a la encargada si le cambiaba de caja y ésta le dijo que la coordinadora no estaba y que no le podía preguntar. Al final la pusieron en una caja diestra. 

El 9 de diciembre de 2021 la denunciada llamó a la trabajadora a la oficina para ponerle un acta acusándola de unos hechos supuestamente ocurridos en noviembre de 2021, que la empleada se negó a firmar al no reconocerlos. 

Afirma que siempre la estaba “amenazando con valoraciones negativas e injustificadas” que supondrían que no recibiera el incentivo anual de 3.000 euros.

También refiere que ante cualquier dolor o malestar, primero tiene que ir al médico de Mercadona y en los reconocimientos médicos que le ha realizado la empresa siempre está presente la denunciada

Asimismo, afirma que esta prohíbe a los compañeros que hablen con ella.

Preguntada sobre por qué no activó el protocolo de acoso, manifiesta que porque su “acosadora” es su superior y no tiene contacto con ningún superior distinto a su encargada, pese a ser representante sindical. 

LA SITUACIÓN VIVIDA POR LA OTRA EMPLEADA 

La otra empleada también relata cambios constantes de horario, pese a que tiene jornada reducida por guarda legal de un menor. 

Afirma que la coordinadora siempre quiere cambiar los horarios de los trabajadores que tienen reducción de jornada. 

Según relata, la denunciada siempre le está diciendo que “no sirve ni para embolsar”, llama a todas las trabajadoras “guarras” porque había polvo en la encimera, y siempre la está amenazando con la valoración y la prima anual. 

En agosto de 2021 tuvo que ser intervenida quirúrgicamente. Cuenta que la citó el médico de empresa, que también avisó a la coordinadora, y la denunciada le soltó “a mi no me lo habías contado”, “poniendo en duda todo” lo que le dice.

También refiere que durante la baja por esta intervención, cada 15 días la llamaba la denunciada para ver si salía a la calle. 

Antes de incorporarse a trabajar sintió un dolor en el pie izquierdo al que inicialmente no dio importancia porque quería incorporarse al trabajo. Informa que a los pocos días le dio un pinchazo en el pie y se cayó al suelo, pidió cita en el médico de familia y le dio una baja por “fascitis plantar”. Diagnóstico que posteriormente fue cambiado a trastorno ansioso-depresivo.

También de acuerdo a su testimonio, cuando llamó a la coordinadora para comunicárselo, porque le tocaba trabajar de tarde, esta “montó en cólera” diciéndole que el protocolo Mercadona estipula que primero deben acudir al médico de la empresa.

En diciembre también tuvieron una discusión por los partes de baja, que conllevó el primer ataque de ansiedad de esta empleada. 

Entre otras situaciones, indica que el 26 de enero de 2021 le escribió el médico de Mercadona para que acudiera a la tienda el 28 de enero y le contase cómo está. Contestó que ese día tenía revisión con el médico del centro de salud. 

La denunciante sostiene que a los pocos minutos la llamó la coordinadora acusándola: “No tienes tiempo de venir a la tienda, pero sí de pasearte por La Morea sin cojera. Esto se ha terminado y lo voy a solucionar yo”; le gritó y colgó. Por estos hechos, le dio otro ataque de ansiedad. 

Apunta que aquel día fue a la tienda a entregar el parte de confirmación de la baja y que la coordinadora ni la saludó y cogió el parte de malas maneras. 

Según declara, en febrero la llamó el médico de empresa facilitándole un contacto de RRHH, porque después de lo que le ha contado la coordinadora ya no es un tema médico, sino de este departamento. 

Cuando acudió a la cita expuso las situaciones que está viviendo con esta persona. Pidió un traslado de tienda, a lo que le han dicho que no. Le ofrecieron un acuerdo para abandonar la empresa. 

El informe de la inspectora recoge que esta empleada no activó el protocolo de acoso porque ni conocía su existencia, que la mayor parte de los trabajadores lo desconocen y que la empresa no informa.

LA DENUNCIADA NIEGA ACTITUD DE ACOSO, DICE QUE ES SERIA DE CARÁCTER Y QUE NO TIENE QUE IR REPARTIENDO SONRISAS

Según se desprende de la resolución del Gobierno de Navarra, la coordinadora expuso en su comparecencia que por su parte no hay una actitud de acoso hacia ningún trabajador, y que ella es una persona seria de carácter, que no tiene que ir repartiendo sonrisas. 

Notificada el acta de infracción a su titular en diciembre de 2022, se le concedió un plazo de quince días para que pudiera formular alegaciones, que presentó, pero fueron desmontadas una a una por la Inspección de Trabajo.

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