Baltasar Garzón: “Europa debe forzar a Turquía a abrir sus puertas para que conozcamos lo que está sucediendo”
Baltasar Garzón argumentó que se había vulnerado su derecho a presentar un recurso de apelación ante otra instancia que no existe, un planteamiento que suscribe el Comité de Derechos Humanos de la ONU. Foto: Confilegal.

El Comité de Derechos Humanos de la ONU reclama otra vez que se repare a Baltasar Garzón por su condena del Supremo

23 / 08 / 2023 06:30

Actualizado el 24 / 08 / 2023 00:58

El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas (ONU) –órgano político y no judicial– dio la razón en 2021 al exmagistrado Baltasar Garzón, al concluir que el Tribunal Supremo vulneró su derecho a la presunción de inocencia y su derecho a la revisión de la condena y la pena tras haber sido enjuiciado por los casos Gürtel y franquismo (en el primero recibió una condena y en el segundo, una absolución).

Este Comité consideró que Garzón fue condenado por primera vez por el Tribunal Supremo y que contra esa condena no pudo interponer recurso de apelación, lo que suponía una violación del derecho a la doble instancia, reconocido en el artículo 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que España había suscrito. Y afirma que el Supremo vulneró el derecho a la presunción de inocencia y el derecho a la revisión de la condena

Según su dictamen, el Alto Tribunal se saltó las preceptivas garantías de un proceso judicial cuando en 2012 le condenó a 11 años de inhabilitación por un delito de prevaricación al ordenar la intervención de los teléfonos a abogados de los principales acusados en el ‘caso Gürtel’, algo prohibido por la ley.

Dicho Comité exigió entonces a España una «reparación integral» a Garzón consistente en el borrado de sus antecedentes penales y «una compensación adecuada por el daño sufrido». Para ello, dio un plazo de seis meses para «garantizar una reparación efectiva» al exmagistrado.

ESPAÑA «INCUMPLE»

Ahora este Comité subraya, dos años más tarde, que España está incumpliendo aquella decisión en el llamado caso Garzón contra España, según ha informado la abogada Helen Duffy, de Human Rights in Practice, quien representa a Baltasar Garzón. Duffy recibió el pasado 15 de agosto el informe del mecanismo de seguimiento de dicho organismo constatando que España no ha respondido como esperaban.

La Sala Especial del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Tribunal Supremo ya dejó claro en su sentencia 1/2020, de forma rotunda que un dictamen del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, dando la razón al exmagistrado Baltasar Garzón, no es equiparable a una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y recordó que –según la Ley Orgánica del Poder Judicial– solo las resoluciones de Estrasburgo habilitan la revisión de las sentencias.

Garzón, en el marco de su estrategia de defensa, recurrió su caso ante el Tribunal Constitucional y ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Ambos tribunales inadmitieron de plano sus recursos contra la condena por prevaricación que le impuso el Tribunal Supremo.

No es el caso.

El Gobierno de España, en consecuencia, no ha contestado a este Comité como esperaba.

España, según Duffy, ha mostrado un flagrante desprecio por la autoridad del Comité de Derechos Humanos y las obligaciones internacionales vinculantes que tiene en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. De hecho, sus respuestas tardías al Comité no han indicado ninguna medida significativa para proporcionar la «reparación integral» requerida.

«Baltasar Garzón ha requerido al Ministerio de Justicia para que el Gobierno cumpla con el dictamen del Comité, y ante su incumplimiento ha denunciado a aquel de nuevo ante dicho Comité, a través de su mecanismo de seguimiento, que, ahora, le otorga de nuevo la razón y pone en evidencia el incumplimiento de España de una decisión que le vincula en virtud de lo dispuesto en el Pacto de Derechos Civiles y políticos y su Protocolo, debidamente ratificados por nuestro país», añade.

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