Un juzgado anula el castigo de un mes de sueldo a un sargento de Mossos por hacer una denuncia de pérdida de DNI a su pareja
La administración consideró que su actuación debía considerarse un atestado judicial, de modo que tenía el deber de abstenerse al tener análogo conyugal. Sin embargo, el juez ha considerado que ello no puede calificarse como tal.

Un juzgado anula el castigo de un mes de sueldo a un sargento de Mossos por hacer una denuncia de pérdida de DNI a su pareja

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05/10/2023 06:30
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Actualizado: 05/10/2023 09:50
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El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº3 de Girona, Fermín Otamendi Zozaya, ha anulado la sanción de 1 mes de suspensión de funciones impuesta por la Administración al sargento de los Mossos d’Esquadra, Moisés Abelli Puigderrajols. También ha condenado a la Dirección General de la Policía de la Generalitat de Cataluña a pagar 1.000 en costas.

Le suspendieron al considerar que había cometido una falta grave prevista en el artículo 69.h) de la Ley 10/1994 de 11 de julio de la Policía de la Generalidad-Mossos d’Esquadra por hacer una denuncia de pérdida del DNI a su pareja, la exmossa Inmaculada Alcolea. Esto le supuso una pérdida de unos 4.000 euros porque, además de no recibir sueldo, deja de cotizar y le reducen proporcionalmente las pagas extra.

La administración consideró que su actuación debía considerarse un atestado judicial, de modo que tenía el deber de abstenerse al tener análogo conyugal. Sin embargo, el juez ha considerado que ello no puede calificarse como tal.

Pues se entiende por atestado, tal y como explica la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el documento público confeccionado por agentes de autoridad para poner en conocimiento del juez o de la Fiscalía unos hechos que pueden ser constitutivos de delito. Por lo que aquellos “ hechos que no tengan esta naturaleza» no se pueden calificar de atestado ni tener consideración de denuncia.

Se limitó a comunicar al funcionario la pérdida del DNI

Por lo que, para el juez, la comparecencia de Alcolea en la comisaría de Blanes no conllevaba ningún tipo de delito «bajo ninguna circunstancia» ya que se limitó a comunicar al funcionario policial que había perdido tanto su DNI como el pasaporte de su hijo.

Así las cosas, el titular del juzgado ha destacado que la actuación de Abelli Puigderrajols no perjudicó el interés público ni tampoco el del particular que compareció ante él. «Hasta tal punto de que difícilmente podría imaginarse que dicho particular pudiera recusar al demandante para que fuera otro funcionario quien recogiera la comparecencia”, por lo que ha procedido a estimar el recurso interpuesto.

La excabo de los ‘Mossos d’Esquadra’ Inmaculada Alcolea. Foto: Carlos Berbell/Confilegal

En palabras a Confilegal, la exmossa Alcolea ha destacado que le dijeron a su pareja que no podía tramitar pérdidas porque no era su función. «Todo el mundo sabe que no existe ninguna infracción al hacer una denuncia de pérdida porque no es ninguna diligencia judicial en la que se pueden ver afectados los derechos, tanto para bien como para mal, por el hecho de que sea mi pareja».

Ha explicado que es un trámite burocrático que obligatoriamente tienen que hacer los Mossos d’Esquadra porque es su competencia. No puede renovarse el DNI si no denuncia su pérdida ante la policía autonómica porque en Cataluña son los que tienen competencia.

“Que lo hiciera mi pareja no me generaba ningún beneficio ni perjuicio”

“Que lo hiciera mi pareja no me generaba ningún beneficio ni perjuicio”, ha destacado. «Lo que están buscando es un desgaste económico, psicológico y físico» por el mero hecho de no ser independentistas.

Como ejemplo, ha recordado que a Albert Donaire, que ha sido procesado penalmente por un delito de injurias y calumnias contra las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado y otro por injurias y calumnias a la jefatura del Estado. También fue castigado por difundir escritos independentistas (sanción que fue anulada por la Justicia). “No le recurren las sentencias que gana con jueces independentistas y a nosotros nos las llevan hasta el Supremo”.

“La discriminación por la ideología es pública y notoria, la Administración Autonómica actúa de forma diferente si eres un mosso independentista o constitucionalista”. 

Por otra parte, ha manifestado que la letrada de la dirección general de la policía del departamento de Interior de la Generalidad de Cataluña insistió en el acto del juicio oral «de manera fraudulenta y a sabiendas» que una denuncia de pérdida era un atestado judicial que constaba como tal en los Procedimientos Normalizados de Trabajo (PNT) que el juez calificó en su auto como erróneo».

Para Alcolea, es muy grave cómo la Administración realiza en fraude de ley manifestaciones en acto de juicio, y a sabiendas de su falsedad, para perjudicar al funcionario. Pero para ella hay un claro motivo: “no somos independentistas”.

Está segura de que recurrirán la sentencia al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Los letrados del sargento, del despacho Clusa&Quintans están preparando una querella penal por prevaricación administrativa y por acoso laboral contra el director general de policía, Pedro Ferrer Sastre, y los dos instructores «del expediente disciplinario ilegal e injusto», David O.P y Miguel Ángel S.C.

El sargento ha abierto una solicitud de acoso laboral dentro del propio departamento por el acoso sufrido durante cuatro años. En él denuncia que, a raíz de los innumerables expedientes disciplinarios contra su pareja, comenzó el acoso contra él al tener problemas a nivel profesional y disciplinario.

En el escrito ha recordado que Alcolea tiene una sentencia del TSJCat que confirma que sufrió acoso y hostigamiento por parte de la Dirección General de la Policía. 

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