En España se han presentado 3.898 denuncias por ‘okupación’ en el primer trimestre del año
A día de hoy, el proceso de desalojo puede tener una duración superior a los 20 meses.

En España se han presentado 3.898 denuncias por ‘okupación’ en el primer trimestre del año

El año pasado se registraron 16.726 denuncias, con Cataluña, Andalucía y Comunidad Valenciana a la cabeza
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20/10/2023 06:31
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Actualizado: 20/10/2023 01:06
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En el primer trimestre del año, en España, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado registraron 3.898 denuncias por ‘okupación’, una lacra que se ha convertido en una de las principales preocupaciones de los españoles.

2022 se cerró con un total de 16.726 denuncias, con Cataluña, Andalucía y Comunidad Valenciana a la cabeza.

Entre 2018 y 2022 los casos de ‘okupación’ en nuestro país aumentaron casi un 40%, superando los 75.000 denuncias y los 15.000 procedimientos civiles en ese periodo. Además, la duración de los procedimientos se ha convertido en otro problema. 

Según los datos oficiales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), actualmente el proceso de desalojo puede tener una duración superior a los 20 meses.

El magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) Vicente Magro Servet, uno de los grandes expertos en la materia, ha planteado una serie de claves para solucionar el problema de la ‘okupación’. Afirma que la recuperación inmediata en 24/48 horas de los inmuebles ocupados debería ser el objetivo prioritario. 

Además, considera que el desalojo en esas 24/48 horas tendría que ser un trámite policial, no judicial.

El magistrado Vicente Magro Servet es autor de numerosos libros y guías sobre temas jurídicos, una de las últimas precisamente sobre la ‘okupación’. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

En el trámite parlamentario del Proyecto de Ley de medidas de eficiencia procesal del servicio público de la Justicia se había presentado una enmienda para introducir un nuevo artículo 544 sexies en la ley procesal penal y habilitar la urgente expulsión cuando se produce la ocupación de un inmueble, como plantea este magistrado, pero el adelanto electoral se cargó esta iniciativa.

Queda en manos del Poder Legislativo reformar la ley y adoptar medidas cautelares urgentes, como plantean los expertos y los ciudadanos, para combatir esta problemática.

Aunque la “okupación” no existe como tipo penal específico en nuestro ordenamiento jurídico, es perseguida utilizando el delito de usurpación o el de allanamiento de morada, según las circunstancias de cada proceso. 

Las penas van de los seis meses a los cuatro años, en función de si hubo o no intimidación o violencia.

EL 60% DE LOS ESPAÑOLES RECLAMAN QUE SE ENDUREZCAN LAS PENAS A LOS ‘OKUPAS’ Y SE AGILICEN LOS DESALOJOS, SEGÚN UN ESTUDIO

El endurecimiento de las penas a los ‘okupas’ y agilizar los desalojos son las principales medidas planteadas por los españoles ante la lacra de la ‘okupación’, según revela el informe “Los españoles ante la ‘okupación’ de viviendas en España. Opinión, preocupaciones y propuestas”, realizado por Línea Directa Aseguradora a partir de 1.700 encuestas en todo el país, presentado el pasado mes de septiembre.

El 60% de los encuestados señalan esas dos medidas ante ese problema, muy por delante de otras como facilitar el acceso a la vivienda (45%) o centrar la acción policial sobre las mafias organizadas (31%).

Otra conclusión importante de este sondeo es que el 53% de los encuestados es partidario de un desalojo de la Policía sin intervención del juez en caso de que no se demuestre ‘in situ’ la propiedad o la existencia de un contrato vinculante. 

El 35% está a favor de que un juez intervenga siempre en el procedimiento, pero con plazos mucho más reducidos. 

Además, el 76% de los encuestados estaría dispuesto a contratar un seguro “antiokupación”, siendo el pago de la hipoteca (35%) y de los gastos de proceso (30%) las coberturas más valoradas.

Este informe también revela que uno de cada cuatro entrevistados, el 24%, creen que hay posibilidad media o alta de que le ‘okupen’ su vivienda. 

¿CÓMO DEBE ACTUAR EL PROPIETARIO SI SE ENCUENTRA SU VIVIENDA ‘OKUPADA’? 

“Lo primero que debe hacer un propietario si se encuentra su vivienda ‘okupada’ es ponerse en contacto con un abogado penalista para saber cómo proceder, evitando cualquier confrontación, así como amenazas o coacciones, manteniendo la calma”, recomienda la letrada María Chantal Nieto, del despacho Marín & Mateo Abogados. 

Además, advierte de que no se deben adoptar medidas como dar de baja los suministros, pues los propietarios podrían enfrentarse a multas, e incluso a penas de prisión.

“Es importante interponer cuanto antes la denuncia correspondiente, presentando la documentación que atestigüe la titularidad de la vivienda”, indica Nieto. 

Además, destaca la importancia de no dar pistas de que la vivienda está vacía, como publicar en redes sociales que uno se va de vacaciones.

EL ESTADO ESTÁ TRASLADANDO A LOS PROPIETARIOS UNA FUNCIÓN SOCIAL QUE CORRESPONDE AL SECTOR PÚBLICO, DENUNCIAN LOS EXPERTOS

Los expertos en la materia consideran que el Estado está trasladando a los propietarios una función social que corresponde al sector público. Así lo opinan, entre otros, la abogada Arantxa Goenaga, socia del despacho Círculo Legal Barcelona.

Arantxa Goenaga, socia del despacho Círculo Legal Barcelona, especializada en Derecho Inmobiliario.

«Con las leyes y reformas que se están aprobando últimamente, da la sensación que la Administración traslada a los particulares la obligación de proteger a los más vulnerables», afirma a Confilegal esta experta en Derecho inmobiliario.

Se pronuncia así en relación a la  Ley por el Derecho a la Vivienda y las obligaciones que impone, que esta abogada considera “un tanto abusivas”.

Y subraya que la Administración no puede hacer dejación de funciones y que proteger a los vulnerables no puede ser a costa de la propiedad de los particulares.

En este sentido, destaca que «se suspenden los procedimientos cuando son vulnerables los ocupantes, por ahora, hasta el 31 de diciembre, pero no se da ningún plazo a la administración para que resuelva esta situación, por lo que se alargan los procedimientos judiciales».

«Así lo llevan haciendo publicando decretos desde el Covid, en el año 2020, y no adoptan medidas para buscar esta solución habitacional a las personas que lo necesitan. Por eso es que entiendo que lo trasladan a los particulares”, argumenta.

Por último, afirma que los políticos “tienen que darse cuenta de que no tienen que legislar de cara al populismo y a las elecciones, sino para que la Administración de Justicia pueda hacer correctamente su trabajo”.

“Todos tenemos derecho a una vivienda digna, pero quien lo tiene que promover es el Estado, no el Estado a costa de los particulares”, zanja.

La Constitución deja claro que el domicilio es inviolable.

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