Bankinter, condenada por imponer a un sepulturero una cláusula multidivisa abusiva con falta de transparencia
Bankinter aplicó, para el tribunal, una cláusula multidivisas "abusiva". Foto:Europapress

Bankinter, condenada por imponer a un sepulturero una cláusula multidivisa abusiva con falta de transparencia

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12/1/2024 06:30
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Actualizado: 12/1/2024 01:50
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La falta de información a la hora de contratar un préstamo ha llevado a Bankinter ante los tribunales. Y a ser condenada por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Cádiz.

Contratar un préstamo hipotecario no siempre es tarea sencilla. No sólo por las condiciones que se exigen desde las diferentes entidades bancarias para su concesión, sino también por la multitud de opciones de préstamo que existen actualmente.

Opciones que, en muchas ocasiones, escapan del conocimiento financiero y económico de los solicitantes. Algo que le ocurría a un cliente de Bankinter, sepulturero, a la hora de pedir un crédito de 120.000 euros en 2008.

Y es que el hombre acababa contratando una hipoteca multidivisa en Bankinter. Es decir, el pago del crédito hipotecario a través de una moneda distinta a la nacional. En este caso, utilizándose la moneda nacional de Japón (el yen).

Cláusula multidivisa del crédito que acababa llevando a Bankinter ante los tribunales. Y es que el sepulturero, guiado por el abogado José Luis Ortiz Miranda, denunciaba a la entidad bancaria al considerar que esta cláusula era abusiva.

Consideración que no compartía el Juzgado de Primera Instancia nº2 de Cádiz, que desestimaba la demanda contra el banco. 

“No procede declarar la nulidad de pleno derecho, por abusivas, de las cláusulas insertas en la escritura de préstamo con garantía hipotecaria […] referentes a la divisa extranjera en yenes” destacaba el juzgado gaditano. 

Rechazo que llevaba al demandante a recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial de Cádiz, sección 5ª. Un juzgado que sí ha estimado las reclamaciones del cliente bancario.

Bankinter no ofreció suficiente información al sepulturero

Así pues, en la sentencia 1038/2023, de 12 de diciembre, la Audiencia Provincial gaditana fallaba a favor de los intereses del cliente afectado.

Y es que, para el juzgado compuesto por los magistrados Carlos Ercilla Labarta (presidente), Ramón Romero Navarro y Miguel Ángel Navarro Robles, Bankinter no ofreció suficiente información a su cliente en este préstamo. Algo que convierte a la cláusula multidivisa en abusiva.

La sentencia de la Audiencia Provincial destaca, en primer lugar, la falta de conocimiento económico por parte del cliente de Bankinter. “El perfil del demandante es de simple consumidor, con estudios primarios y de profesión sepulturero […] condición que no denotaba un mayor entendimiento de aspectos del contenido económico del contrato, sino más bien todo lo contrario. Absoluta ajenidad al mismo”, asegura el tribunal.

Un desconocimiento ante el que la entidad bancaria tiene la obligación de ofrecer suficiente información para que el contrato sea comprendido. Algo que no sucedía en este caso.

“El contenido en sí del documento se advierte confuso en sus primeros términos”, especifica la sentencia. Y es que el documento está lleno de contradicciones. Es el caso de la divisa escogida por el cliente, los yenes. Una divisa que, según el documento, es la “elegida”, sin que se hayan presentado otras opciones.

Del mismo modo, el contrato parece tomar las variaciones de la divisa y, a su vez, plantear que sea el prestatario el que tenga la responsabilidad sobre el riesgo de fluctuaciones en el valor de la divisa, que afecta tanto a la cuota mensual, como en la cantidad final del préstamo.

Del mismo modo, el contrato presenta “un ejemplo o simulación en una hoja adjunta, que no figura firmada”. Una hoja que, además, el demandante asegura no haber leído. Una simulación en la que, tal y como defiende el tribunal, se presentan variaciones en el préstamo inasumibles para el cliente de Bankinter.

“No se aprecia por ello que tal documento en sí mismo fuere el medio adecuado ni suficiente para cubrir el deber de información debida de la demandada (Bankinter) respecto al actor”, asegura la Audiencia Provincial.

Falta de información que se repite, para el tribunal, en cuanto a la “información posterior en extractos mensuales de la evolución de la financiación”. 

Así pues, para el tribunal es evidente que no basta, tal y como apunta Bankinter, con considerar “que quien solicita un préstamo de esta naturaleza conoce las divisas”.

Un punto esencial que hace que la Audiencia Provincial determine que es reprochable “la falta de transparencia” de la entidad bancaria “sobre la cláusula multidivisas”.

Una cláusula que, en su fallo final, anula la Audiencia Provincial.

“Declarada la nulidad, por abusiva, del clausulado multidivisa, procede la condena a la demandada a restituir a los prestatarios las cantidades abonadas en exceso por su indebida aplicación desde el inicio” sentencia el tribunal.

Decisión que no sólo anula la cláusula abusiva por la falta de transparencia de Bankinter, sino que también condena a la entidad a recalcular la amortización del préstamo en referencia al Euribor.

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