La reducción de la jornada laboral de Yolanda Díaz: un «reto jurídico» exprés para las empresas en 2025
Raquel de la Viña y Clara Marín, de Andersen, explican las modificaciones laborales que supondrá la nueva normativa. Foto: Confilegal

La reducción de la jornada laboral de Yolanda Díaz: un «reto jurídico» exprés para las empresas en 2025

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12/7/2024 06:30
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Actualizado: 12/7/2024 01:08
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«No toda jornada laboral es tiempo efectivo de trabajo». Con estas palabras daba comienzo este jueves «Reducción de la jornada: retos jurídicos, dudas e impacto de su implementación», celebrado en el despacho de abogados Andersen.

Un encuentro en el que se analizaba el proyecto de la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, para reducir la jornada laboral en España hasta las 38,5 horas en 2024, y a las 37,5 horas para el próximo año.

Reforma del Estatuto de los trabajadores ante la que, en primer lugar, las directoras del área laboral de Andersen, Raquel de la Viña y Clara Marín, han querido esclarecer las diferencias entre la jornada laboral, y el tiempo efectivo de trabajo.

«Según se estipule en el convenio colectivo, las actividades como los descansos, o el tiempo de ponerse el uniforme, pueden incorporarse o no al tiempo efectivo», ha destacado Raquel de la Viña.

«En una sentencia del TS, tener una guardia localizada en una ubicación determinada no implica que todo el tiempo utilizado en esta guardia deba ser considerado tiempo efectivo de trabajo. Y es que, en esa guardia, hay horas en las que no se está realizando el trabajo contratado en sí», explicaba la letrada.

Poco tiempo para la aplicación de la reducción

Reducción de la jornada laboral que aún supone una cuestión «móvil» que cambia con el paso de los días, tal y como han recordado las letradas.

Cambios, encabezados actualmente por las negociaciones que parece que se van a producir entre todos los principales actores, que harán complicada una pronta entrada en vigor de la medida.

Especialmente, de cara al periodo de «transición» establecido en 2024. Un periodo de reducción a las 38,5 horas, que afectaría al 45% de los convenios colectivos, y al 55% de los trabajadores.

Y que es clave como punto de partida de cara a 2025, cuando  sí afectará al 70% de los convenios colectivos,  al 85% de los trabajadores.

«Hay que aterrizar esta medida en los convenios colectivos. Pero es necesaria la transición», ha asegurado de la Viña. Y es que ambas abogadas coinciden en que esta medida, en 2025, supondrá «mayores problemas» para las empresas.

Problemas ante los que las empresas deben analizar «lo antes posible» cómo adaptarse a estos cambios. Ante todo, debido a que esta reducción de la jornada laboral implica 113 horas menos de trabajo, y cerca de 15 días libres adicionales por trabajador.

Los contratos cambiarán con la nueva jornada laboral

«No es lo mismo una fábrica, que una oficina, o la hostelería. Las recomendaciones (para adoptar esta reducción) siempre van a cambiar», ha explicado Clara Marín.

Eso sí, varias son las posibilidades que contemplan las letradas de Andersen para aplicar esta nueva normativa. Y es que no es únicamente el «salir media hora antes» la solución para esta reducción de jornada.

«Hay un abanico de medidas», han explicado. Entre ellas, «reducir el número de horas que se realicen a la semana; incrementar los días de descanso; llevar a cabo una distribución irregular de la jornada o externalizar algunos servicios».

También se contempla la posibilidad de aumentar, tal y como ha propuesto la CEOE, las horas extraordinarias, de las 80 actualmente establecidas.

Reducción de la jornada laboral que también afectará a las contrataciones. Entre ellas, a aquellos que estén contratados de forma parcial. Ello, con un contrato de 37,5 horas semanales que, de forma automática, contarán con un contrato a jornada completa.

En el caso de aquellos acogidos a guarda legal, con reducción de jornada por conciliación, se verán afectados según su reducción. Así pues, aquellos que mantienen reducción de jornada verán incrementado su salario, ya que el 100% de las horas reducidas habrá cambiado.

Por otro lado, si la reducción supone un porcentaje cerrado de la jornada, podría suponer una pérdida económica, al tratarse de menos horas semanales.

«El cambio de la jornada máxima legal dará lugar a la desaparición de las bolsas de horas o a las horas suplementarias«, ha afirmado Raquel de la Viña. Algo que, inevitablemente, afectará al mantenimiento de la productividad.

Los registros de jornada, claves en el proyecto

Un evento en el que las abogadas tampoco se han querido olvidar del registro de jornada. Un elemento que también se verá afectado por la propuesta de Yolanda Díaz.

«Las empresas con 50 trabajadores deben tener registro digital. Y el registro de las horas trabajadas lo tiene que realizar el trabajador».

Algo que hace que «el reto de las empresas será evitar registros de jornada erróneos o inflados, dado que éstos se harán de forma personal y directa por los trabajadores, y dado a que la Inspección tendrá acceso remoto e inmediato a los mismos».

Una situación ante la que Andersen recomienda a las empresas comenzar a adaptarse a esta modificación, a través, especialmente, a través de los convenios colectivos.

Previsión y trabajo de cara a 2025 que podría no evitar, aún así, que más conflictos laborales lleguen ante los tribunales. Una cuestión contradictoria, en la que el aumento de la sobrerregulación se contrapone a la aparente flexibilización de otras propuestas laborales. Es el caso del teletrabajo o la flexibilidad horaria.

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