Opinión | La injusta exclusión de las familias del derecho a la justicia gratuita

Justicia Gratuita
Mayllo subraya en su columna que «La justicia gratuita no es una concesión ni un privilegio: es un derecho fundamental».

28 / 02 / 2025 05:35

Actualizado el 06 / 10 / 2026 12:23

Desde 2018, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha experimentado un incremento del 61%, según datos del propio Ministerio de Trabajo y Economía Social. Este aumento ha supuesto una mejora en las condiciones salariales de muchos trabajadores, pero, paradójicamente, ha generado una exclusión cada vez mayor del derecho a la justicia gratuita.

¿El motivo? El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que sigue siendo el criterio de acceso a este beneficio, apenas ha crecido un 11,5% en el mismo periodo.

La consecuencia es clara: cualquier persona que forme parte de una unidad familiar de al menos dos miembros que perciban cada uno de ellos el SMI queda automáticamente fuera del sistema de asistencia jurídica gratuita. En 2025, el umbral de ingresos para una pareja, con o sin hijos, se sitúa en 21.000 euros anuales, y en 25.200 euros para familias con al menos 4 miembros.

Dado que el SMI actual ronda los 16.500 euros en 14 pagas, basta con que dos miembros de una familia trabajen y perciban este salario para superar esos límites y perder el derecho. En otras palabras, solo los solteros que perciban el SMI pueden acceder al reconocimiento del beneficio de justicia gratuita.

Este escenario genera una discriminación evidente. Mientras que una persona sola con ingresos bajos puede beneficiarse de la asistencia jurídica gratuita, una pareja o una familia con hijos, que enfrenta mayores cargas económicas, queda excluida.

Es un sinsentido que choca con el espíritu de la Constitución Española y las normas internacionales de derechos humanos, que garantizan el acceso igualitario a la justicia. Sin embargo, la normativa vigente ignora la realidad económica de muchas familias y deja a un amplio sector de la población en una situación de vulnerabilidad jurídica.

No es una cuestión nueva. Hace dos años, como presidente de la Asociación de Letrados y Letradas por un Turno de Oficio Digno (ALTODO) ya denunciamos esta situación ante el Defensor del Pueblo, que estimó la queja y emitió una recomendación instando a modificar los umbrales de acceso. El Ministerio de Justicia aceptó la recomendación, pero, a día de hoy, no se ha materializado ningún cambio legislativo.

Justicia gratuita

El Gobierno ha anunciado una futura Ley de Asistencia Jurídica Gratuita que, en teoría, corregiría esta injusticia. Sin embargo, la tramitación de una ley es un proceso largo y complejo, y la falta de una mayoría parlamentaria clara puede alargarlo aún más. Mientras tanto, las reglas actuales siguen vigentes y excluyen a la mayoría de los trabajadores con salarios más bajos del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Las consecuencias de esta situación son devastadoras. Muchas familias con ingresos modestos no pueden hacer frente a los elevados costes de un procedimiento judicial. En España, un proceso básico puede costar entre 3.000 y 5.000 euros, una cifra inasumible para quienes apenas pueden cubrir sus necesidades esenciales. La justicia, que debería ser un derecho universal, se convierte en un lujo accesible solo para quienes pueden pagarlo.

Desde el ICAM hemos elevado una nueva queja al Defensor del Pueblo para que intervenga de manera urgente. No podemos permitirnos esperar años a que una nueva ley entre en vigor mientras cada día miles de personas ven vulnerado su derecho constitucional de acceso a la justicia con independencia de sus medios económicos. Es imprescindible que el Estado actúe con rapidez y garantice que ninguna familia quede desprotegida por una norma que perpetúa una grave desigualdad.

La justicia gratuita no es una concesión ni un privilegio: es un derecho fundamental. Si el sistema actual impide que las familias trabajadoras con bajos ingresos puedan ejercerlo, entonces el sistema está fallando. Y cuando la justicia falla, fallamos como sociedad.

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