Los expertos en resolución de conflictos exponen que los problemas complejos de explicar son mucho más difíciles de resolver que aquellos que todo el mundo puede entender en menos de 30 segundos, incluso aunque la solución de ambas cuestiones precise de accionar los mismos resortes.
Y es cierto que poco ayuda a resolver el problema de los criterios colegiales de honorarios para la tasación de costas tener que viajar al pasado para explicar por qué son tan importantes para el funcionamiento de la justicia en nuestro país.
La existencia de esos criterios no convertía a la Justicia en un servicio ejemplar, pero al menos cuando un cliente visitaba un despacho salía de él sabiendo las alternativas que le deparaba el futuro en el caso de ganar o perder el pleito.
Aquel ciudadano conocía con mucha aproximación si podía asumir el riesgo de acudir a la Justicia y que el juez no le diera la razón.
El criterio de la CNMC
Sin embargo, hace unos años, la Comisión Nacional de Mercados y Competencia decidió que, siendo importante su utilidad, era más perjudicial su efecto sobre una posible fijación de los precios de mercado e impuso duras multas a algunos Colegios.
Años más tarde, el Tribunal Supremo interpretó las leyes y les otorgó la razón.
No tuvimos más remedio que promover una reforma legal. No era fácil, pero lo conseguimos.
El artículo 6 de la Ley del Derecho de Defensa dice: “los Colegios de la Abogacía podrán elaborar y publicar criterios orientativos, objetivos y transparentes, que permitan cuantificar y calcular el importe razonable de los honorarios a los solos efectos de la tasación de costas y la jura de cuentas”.
No acierto a entender el motivo, pero la CNMC dice que lo publicado en el BOE no altera su visión de las cosas.
Los mismos consejeros y funcionarios que juraron cumplir y hacer cumplir la ley cuando tomaron posesión de sus cargos miran ahora hacia otro lado cuando una norma no se ajusta a su visión del mundo.
Mientras tanto, a pesar de contar con el respaldo de una Ley Orgánica, decenas de miles de abogados nos vemos obligados a seguir explicando a cientos de miles de clientes que no podemos saber a cuánto ascendería el coste de la derrota porque ese derecho colisiona con la libre competencia.
Y como consecuencia de ello, un incalculable número de personas han tenido que renunciar a reclamar sus derechos ante la Justicia porque la han convertido en económicamente impredecible.