El Pleno del Consejo General del Poder Judicial celebrado hoy abordó en una misma sesión dos iniciativas sobre salud judicial con resultados opuestos: aprobó por una mayoría de 19 a 2 un documento marco sobre el bienestar de jueces y magistrados como condición para la independencia judicial y rechazó, también por la misma mayoría, la propuesta del vocal Carlos Hugo Preciado Domènech para desarrollar una política integral de prevención de riesgos laborales en la carrera judicial.
Dos votaciones en la misma sala, dos mayorías distintas, y un mensaje que se contradice a sí mismo.
El documento aprobado: bienestar como garantía institucional
El texto aprobado por la mayoría está destinado a incorporarse al Reglamento de carrera judicial, actualmente en revisión.
Se alinea con las directrices del Consejo Consultivo de Jueces Europeos y descansa, en particular, sobre su Opinión nº 28, publicada en noviembre de 2025, que establece que el bienestar de la judicatura es condición esencial para el correcto ejercicio de la función jurisdiccional.
El documento parte de las competencias que la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye expresamente al CGPJ y reconoce, al mismo tiempo, sus límites: al tratarse de un órgano constitucional del Estado, determinados aspectos de la salud de los jueces escapan a su ámbito de actuación y exigen marcos de protección específicos.
El texto aclara el alcance competencial del Consejo, mejora el marco legal existente y abre la puerta a un cambio de modelo en la gestión de la salud judicial, sin renunciar a los mecanismos que el propio CGPJ ha ido consolidando a lo largo de los años.
La propuesta rechazada: plena integración en el derecho laboral
La iniciativa de Preciado Domènech –magistrado de lo social– a la que se sumó el voto particular de la vocal Inés Herreros, partía de una premisa más ambiciosa: la aplicación plena de la normativa europea y nacional de prevención de riesgos laborales a la carrera judicial.
Su punto de partida era la insuficiencia del Reglamento de 2011, que apenas contiene una referencia genérica a la materia tras más de una década de vigencia.
La mayoría descartó la aplicabilidad de dicha normativa a la judicatura. Los proponentes califican la decisión de retroceso de décadas en materia de prevención laboral y consideran que contradice la doctrina reiterada de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, que se ha pronunciado en sentido contrario en varias ocasiones.
Un programa de medidas concretas, no solo de principios
La propuesta rechazada no era una declaración de intenciones, sino un programa de actuación.
Incluía dos alternativas de desarrollo reglamentario —una más amplia y otra más sintética— orientadas a dotar al CGPJ de herramientas organizativas reales: evaluación y gestión de riesgos psicosociales —cuya última actualización data de 2018 y ya no refleja la realidad de los tribunales—, regulación de cargas de trabajo desde una perspectiva de salud laboral, creación de un servicio de prevención propio y coordinación con el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas en el diseño de políticas preventivas.
La iniciativa también abordaba cuestiones jurídicas de calado: la competencia del orden social en materia de prevención de riesgos y la responsabilidad derivada de su incumplimiento, una dimensión que el texto finalmente aprobado no contempla.
Lo que el texto aprobado no dice
Uno de los elementos más señalados por los vocales discrepantes es lo que el documento mayoritario deja fuera.
La propuesta rechazada incorporaba una perspectiva de género con medidas específicas frente al acoso y la violencia en el ámbito judicial, así como la adaptación de las condiciones de trabajo a la edad, mediante mecanismos como la reducción de carga o la exención de guardias a partir de determinados umbrales.
Nada de esto figura en el texto aprobado, lo que, según Preciado y Herreros, supone además un alejamiento de los objetivos del propio Plan de Igualdad del Consejo.
Una fractura de modelo
El resultado conjunto de las dos votaciones revela algo más que una discrepancia técnica. Mientras la mayoría apuesta por un enfoque institucional acotado a las competencias expresas del Consejo, la minoría defiende la integración plena de la judicatura en el marco laboral común, con todas las garantías que ello implica para jueces y magistrados como trabajadores expuestos a riesgos profesionales reales y documentados.
Pese al rechazo de la propuesta más ambiciosa, el debate ha situado en el centro de la agenda del órgano de gobierno de los jueces la relación entre salud laboral, condiciones de trabajo e independencia judicial. Una cuestión que, previsiblemente, volverá a los próximos plenos del CGPJ.