En la sentencia, dictada el pasado 8 de junio, aplica la jurisprudencia del TJUE, fijada en sentencias de 2017 y 2019, y modifica y ajusta su doctrina.
Denuncia que se está limitando un derecho fundamental sin el preceptivo desarrollo, por lo que acude al procedimiento de protección de derechos fundamentales, solicitando subsidiariamente, de no reconocer tal derecho, una compensación económica o de otro tipo por no disponer de él.