El TSJ de Andalucía declara improcedente un despido por causas económicas al considerar insuficiente la carta extintiva y descarta la nulidad por intento de blindaje de la trabajadora.
El nuevo socio de la firma ha asesorando en todo tipo de asuntos relacionados con el Derecho de la competencia y el control de inversiones extranjeras (FDI) a compañías nacionales e internacionales.