Sentencia a un año y seis meses de prisión a María Dolores Amorós y a dos años a Teófilo Sogorb, mientras que absuelve a Roberto López Abad y a Francisco José Martínez García.
El magistrado concluye que durante el periodo en que los repartidores estuvieron vinculados a la sociedad demandada ‘prevalecieron las condiciones propias de la laboralidad.
Los presentaron contra la sentencia de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional que confirmó las penas impuestas a siete de ellos por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas.