El fallo establece que las manifestaciones realizadas por Frontera Díaz, aunque molestas y ofensivas para Pablo Iglesias e Irene Montero, no alcanzan el nivel de gravedad necesario para constituir delito penal.
La Sala de lo Social del TSJM establece que son legítimas las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo si están respaldadas por un convenio colectivo.
El Constitucional estudiará los recursos que presentaron 5 excargos de la Junta de Andalucía condenados por la Audiencia de Sevilla y confirmado por el Supremo