Por desobediencia a decisiones y órdenes de autoridades superiores, en concreto de la Junta Electoral de Zona y de la Junta Electoral Provincial de Lérida.
Concluye que "al no haberse producido omisión de las normas procedimentales, ni haberse generado clase alguna de indefensión a Iberdrola SA, procede rechaza el incidente de nulidad planteado".
Dictamina que el reparto de dichas guías ha vulnerado el derecho de los alumnos a no ser discriminados ni ridiculizados por razón de sus creencias religiosas, y el de los padres a decidir la educación de sus hijos.
El Pleno de la Sala Tercera ha examinado la legalidad de varias resoluciones administrativas que habían impuesto sanciones administrativas de multas por infracciones administrativas en materia de marina mercante.