La Fiscalía ve indicios de prevaricación y malversación en la actuación de Casero en su etapa de alcalde de Trujillo (Cáceres)
El Ministerio Público añade un supuesto delito de malversación de caudales públicos.

La Fiscalía ve indicios de prevaricación y malversación en la actuación de Casero en su etapa de alcalde de Trujillo (Cáceres)

Emite informe después de que el Juzgado de Instrucción 2 de Trujillo elevara exposición razonada al TS pidiendo que se tomara declaración como investigado a Casero por considerar que existen indicios de la comisión de un delito continuado de prevaricación administrativa
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07/3/2022 13:38
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Actualizado: 06/9/2022 14:17
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La Fiscalía del Tribunal Supremo ve indicios de prevaricación administrativa y de malversación de caudales públicos en la actuación del diputado por Extremadura del PP, Alberto Casero, en su etapa como alcalde de Trujillo (Cáceres), quien saltó en febrero a primera plana por la votación de la reforma laboral del Gobierno, que salió adelante, por 175 frente a 174, por la contabilización de un voto a favor que, por error, emitió, telemáticamente.

El representante del Ministerio Público emitió el pasado viernes su informe, a petición de la Sala de lo Penal, después de que la magistrada titular del Juzgado de Instrucción 2 de Trujillo, Patricia Gutiérrez Escobero, elevara exposición razonada al Supremo pidiendo que se tomara declaración como investigado a Casero por considerar que existen claros indicios de la comisión de un delito continuado de prevaricación administrativa (artículo 404 del Código Penal).

Dicho artículo dispone que a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de 9 a 15 años.

A ese supuesto delito, la Fiscalía añade el de malversación, que se regula en los artículos 432 a 435.

Las diligencias previas contra Casero se abrieron por la denuncia presentada por la Fiscalía a la luz del estudio de diversos contratos, acuerdos o convenios concertados por Casero como regidor de Trujillo durante 2017 y 2018.

Casero es aforado por ser diputado. Por tanto, el órgano competente es el Tribunal Supremo.

EL CONTRATO AL PSICÓLOGO

En la exposición razonada, la magistrada Gutiérrez señala que se ha acreditado a lo largo de la investigación que Casero, el 3 de marzo de 2017, contrató a Pablo Bonilla en calidad de psicólogo para asistir a mujeres víctimas de violencia de género, que éste cobró facturas por esos trabajos por importe de más de 6.000 euros a pesar de estar dado de baja de la Seguridad Social, y que firmó con él un contrato menor en agosto de ese año por valor de 18.000 euros anuales.

Según indica, Casero «no informó ni aportó al Ayuntamiento el contrato suscrito ni se instruyó expediente de contratación ni se recabó informe del órgano de Contratación sobre la necesidad del servicio, ni se aprobó el gasto». Tampoco consta que Bonilla realizara los servicios por los que presentó factura y eso que ese tipo de actividad se canalizaba a través de la Comisión de Violencia de Género «a la que no le consta ninguna actuación» por parte de esta persona.

Expone que Bonilla acabó reclamando parte de las facturas que no había cobrado por la vía judicial y que de hecho hubo condena al ayuntamiento para que se las abonara.

CÁMARA COMERCIO DE PERÚ

Asimismo, en el escrito remitido al Supremo relata que Casero firmó un convenio con la Cámara de Comercio de Perú que llevaba aparejado un contrato por el que se comprometía a realizar una aportación económica de 25.000 euros para financiarlo. Pero, según expone, Casero no informó a los servicios económicos ni jurídicos del Consistorio y no aportó copia del convenio al interventor.

La juez apunta que ese convenio no fue aprobado en pleno ni por resolución de alcaldía y no se sometió a información pública ni se publicó en el BOE. Destaca que ese contrato no podía adjudicarlo directamente porque superaba los 18.000 euros y, por tanto, precisaba licitación.

Según explica, la Cámara de Comercio de Perú reclamó facturas por importe de 15.000 euros que no fueron abonadas por el Ayuntamiento, ya que existía una nota de reparo del interventor.

La magistrada también pone el foco en otro tema, el compromiso verbal de Casero en 2017 con la Asociación Cultural Bon Vivant para celebrar en Trujillo la gala ‘Pop Eye’ a cambio del patrocinio institucional de 18.000 euros. Afirma que Casero no informó a los servicios competentes, y no tramitó expediente. Añade que en 2018 firmó el convenio y se comprometió a aportar otros 9.000 euros por otros costes, pero que el Ayuntamiento no abonó nunca esas facturas.

También indica que en 2018 contrató a Icaro Consultores en Comunicación para organizar la feria del queso por un importe de 14.300 euros como contrato menor, que el procedimiento no siguió los cauces habituales, y resultó inadecuado porque era un servicio periódico y previsible año tras año.

En el marco de la feria internacional del queso firmó un contrato con Radio Interior SL para promocionarla. Este contrato, según la magistrada, fue menor cuando no podía ser así porque superaba los 15.000 euros y, además, era una prestación periódica. Explica que al igual que ocurriera en otras ocasiones, la empresa acabó llevando a los tribunales al Ayuntamiento para poder cobrar las facturas.

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