A falta de previsión normativa la Sala entiende, con carácter general, que una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga.
No aprecia la concurrencia de circunstancias de especial urgencia para tramitar dicha suspensión sin escuchar a la Abogacía del Estado en representación del Gobierno.
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia rechaza así en un auto, contra el que cabe recurso de súplica, la querella del Ministerio Fiscal.
Boye y otros dos letrados están procesados por su presunta implicación en la elaboración de documentos y contratos de compraventa de letras de cambio para recuperar el dinero aprehendido por la Policía.