La Audiencia de Navarra mantiene en libertad a los miembros de «la manada»
Los cinco miembros de 'la manada' (José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Alfonso Jesús Cabezuelo, Antonio Manuel Guerrero y Ángel Boza).

La Audiencia de Navarra mantiene en libertad a los miembros de «la manada»

Desestima los recursos interpuestos por las acusaciones
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18/7/2018 10:17
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Actualizado: 18/7/2018 13:55
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La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha desestimado los recursos de súplica interpuestos por las acusaciones contra el auto del pasado 21 de junio en el que se decretaba la excarcelación bajo fianza de 6.000 euros de los cinco miembros de «la manada», condenados a 9 años de prisión por abuso sexual con prevalimiento cometido en los Sanfermines de 2016.

Esta resolución responde al recurso presentado por el fiscal, la acusación particular que representa a la víctima, y las acusaciones populares ejercidas por el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona, que pidieron la revocación del auto.

El tribunal dice que la decisión del 21 de junio, que decretó la libertad provisional de ‘la manada’ por no apreciar riesgo de fuga al haberse reducido «notablemente» las penas ni tampoco riesgo de reiteración delictiva, es «firme» y no cabe recurso alguno.

Al igual que el auto anterior, cuenta con el voto particular del presidente de la Sección Segunda de la Audiencia, José Francisco Cobo Sáenz, que aboga por la prórroga de la prisión provisional sin fianza hasta la mitad de la pena impuesta, 4 años y 6 meses de prisión.

Cobo insiste en la «gravedad» del delito y argumenta que «ponderando las circunstancias del caso y las personales de dichos procesados» es «razonable y proporcionado» prorrogar la prisión.

«Se nos exige que hagamos un pronóstico, un juicio sobre ‘hechos inciertos e imposibles de predecir’, ‘futuribles’, como son el riesgo de fuga o de reiteración delictiva, y para poder afirmarlos como tales no basta con que ‘pudieran resultar plausibles’, sino que, por las propias exigencias del derecho a la presunción de inocencia y de la preeminencia del derecho a la libertad, deben existir buenas y poderosas razones», expresan los magistrados.

El auto expone que, dado que tres de las acusaciones, asumen como parte integrante de sus recursos el voto particular discrepante del presidente de la Sala Segunda, «incurre en ese déficit de motivación exigible cuando de acordar o prorrogar una prisión provisional se trata».

A su juicio, «no rebasa la mera expresión de una intuición personal y meramente voluntarista, sin la menor mención ni explicación sobre los elementos de juicio que se tienen en cuenta para hacer tal afirmación, y que, por lo demás, conforme a lo anteriormente razonado, resultaría siempre infalible e irrebatible».

MEDIDAS CAUTELARES

Los magistrados señalan que «la adopción de otras medidas cautelares menos gravosas que la prisión provisional, como son, en el caso, las acordadas en el auto impugnado, descansa inevitablemente en la confianza de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado actuarán conforme al principio de eficacia que les debe ser propio, al igual que sucede en otros ámbitos de la Administración Pública, posibilitando la efectividad de tales medidas, incluida, en su caso, la pronta localización de los procesados si incumplieren algunas de las obligaciones o prohibiciones que les han sido impuestas, contribuyendo así al fin de evitar que eludan la acción de la justicia».

Además del depósito de la fianza, el tribunal impuso a los cinco jóvenes sevillanos la prohibición de salir de España, la obligación hacer entrega del pasaporte ante el tribunal dentro de los cuatro días siguientes a su puesta en libertad, y la prohibición de obtenerlo en el futuro.

Otra medida cautelar es su comparecencia los lunes, miércoles y viernes ante el juzgado de guardia de su residencia, y cuantas veces sean llamados por la Audiencia de Navarra, así como el deber de comunicar cualquier cambio de domicilio o teléfono, con la advertencia expresa de que en el caso de no ser localizados en esos domicilios de inmediato se expedirá la correspondiente requisitoria (orden de busca y captura).

También les impuso la prohibición de entrar en la Comunidad de Madrid, donde reside la víctima, y la prohibición de comunicarse con ella.

Sobre el hecho de que se les haya impuesto únicamente la prohibición de entrar en dicha comunidad y que tal prohibición suponga «una mayor limitación deambulatoria por el territorio nacional para la víctima que para los propios acusados», el tribunal responde que «viviendo la denunciante y los procesados en localidades tan distantes como Madrid y Sevilla, y no existiendo entre ellos más relación que la que tuvo lugar en la madrugada del día 7 de julio de 2016, tal prohibición se estima plenamente razonable y suficiente».

Afirma que «no cabe retorcer el derecho hasta el punto de presentar una medida restrictiva de la libertad deambulatoria de los procesados como si también se impusiera a la denunciante, cuando tal situación no se da por ser plenamente libre a ese respecto, pudiendo señalarse que el riesgo de que se produzca un encuentro casual entre ellos es poco menos que inexistente, o si prefiere muy remoto».

‘CASO PASAPORTE’

Se da la circunstancia de que tres días después de su puesta en libertad bajo fianza, Antonio Manuel Guerrero, el guardia civil de “la manada”, habría acudido a dependencias policiales para intentar renovar su pasaporte, según informó la Policía Nacional. Ocurrió el pasado 25 de junio.

La Audiencia Provincial aún no se ha pronunciado sobre el supuesto incumplimiento de las medidas cautelares decretadas. La Sala Segunda indica que será objeto de la debida resolución en un auto independiente.

Guerrero está en libertad provisional hasta que el tribunal decida sobre su situación.

El pasado 5 de julio compareció por viodeoconferencia desde Sevilla, junto a su abogado. La vista se prolongó algo más de cuatro horas.

La acusación particular y las acusaciones populares solicitaron el ingreso en prisión de Antonio Manuel Guerrero por considerar que vulneró las medidas cautelares de su libertad provisional.

Al término de la vista, el abogado de Guerrero, Jesús Pérez, manifestó que ambos hicieron “todo lo posible por explicar lo que verdaderamente ha sucedido, el malentendido”.

La defensa sostiene que el joven fue a la Comisaría a informarse sobre el estado de su pasaporte, que tendría caducado, para ver cómo actuar ante el juzgado.

REACCIONES AL AUTO

Jesús Pérez se ha mostrado «plenamente satisfecho» del rechazo a los recursos a la puesta en libertad.

La consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia del Gobierno de Navarra, María José Beaumont, ha manifestado que discrepan de que no quepa recurso ante esta decisión.

Por otra parte, ha indicado que les «llama la atención la excesiva tardanza» del tribunal en resolver la petición de reingreso en prisión de Guerrero por el ‘Caso Pasaporte’

«Quizás no se haya resuelto durante los Sanfermines obedezca a una doble razón: la vista del 5 de julio duró varias horas porque declararon varias personas y los magistrados tienen que valorar todas esas pruebas, debatirlas, deliberar, escribir y eso lleva su tiempo; y quizás por no hacer pública esta noticia durante los Sanfermines ante cierto riesgo de generar una respuesta indeseada», ha añadido.

No obstante, ha indicado que las fiestas de San Fermín finalizaron el sábado y ya «estamos a miércoles», y que les parece «bastante inadmisible que no se haya resuelto».

El abogado Agustín Martínez, que ejerce la defensa de cuatro de los cinco miembros de ‘la manada’, ha señalado que esta decisión supone «un cierto varapalo» para los argumentos del Ministerio Público y a las acusaciones, «desacreditando de manera sorprendente» las alegaciones recogidas en los recursos.

«No había causa en sus argumentos para que el tribunal cambiara su criterio», ha subrayado.

José Ángel Prenda, Ángel Boza, Alfonso Jesús Cabezuelo y Jesús Escudero, los cuatro condenados que defiende Martínez, están «satisfechos» con la decisión del tribunal y actúan «responsablemente» para cumplir con las medidas cautelares y obligaciones, según el abogado.

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