El Supremo devuelve la decisión sobre la suspensión de los parlamentarios presos al Congreso
No emitirá ningún informe sobre cómo aplicar al caso la LeCrim porque es constitucionalmente "inviable". Foto: Carlos Berbell

El Supremo devuelve la decisión sobre la suspensión de los parlamentarios presos al Congreso

Responde a Batet que en su auto de la semana pasada ya apuntó la forma de proceder con respecto a los diputados en prisión preventiva por el 'procés'
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23/5/2019 10:34
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Actualizado: 15/1/2021 12:28
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El Tribunal Supremo ha devuelto la decisión sobre la suspensión de los diputados en prisión preventiva por el ‘procés’ –Oriol Junqueras, Josep Rull, Jordi Turull y Jordi Sánchez- al Congreso de los Diputados, y ha insistido en los argumentos que ya ofreció en su auto el pasado 14 de mayo apuntando a la aplicación del artículo 21 del Reglamento de la Cámara y que fue debidamente comunicado a la Cámara Baja.

Dicho artículo establece que un diputado quedará suspendido «cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallare en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta», así como «cuando una sentencia firme condenatoria lo comporte o cuando su cumplimiento implique la imposibilidad de ejercer la función parlamentaria».

El presidente del tribunal que juzga el proceso independentista, el magistrado Manuel Marchena, ha contestado de esta forma al escrito que ayer le envió la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, en el que le trasladaba la responsabilidad de decidir.

En cuanto al informe sobre la posible aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) a los acusados que han sido elegido diputados, requerido por la presidenta del Congreso, Marchena indica que “la configuración constitucional del Tribunal Supremo hace inviable la elaboración del informe requerido».

Este artículo establece que cuando exista un procesamiento firme por delito de rebelión y se decrete la prisión provisional, el procesado que ostente un cargo público quede «automáticamente suspendido» de sus funciones.

Por último, el tribunal que juzga el proceso independentista añade que la causa penal seguirá su curso y que es misión del tribunal salvaguardar los fines del proceso.

La providencia, de apenas dos párrafos, está firmada por Marchena. Será remitida a Batet a través del presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes.

Todavía no se ha pronunciado sobre el escrito remitido ayer a la Sala de lo Penal del Supremo, que juzga el ‘procés’, por los fiscales Javier Zaragoza Aguado y Fidel Cadena Serrano, solicitándole que comunique a la Mesa del Congreso y a la del Senado que «deben proceder a la aplicación inmediata» del precepto legal que obliga a la suspensión de los cinco parlamentarios presos que han obtenido escaño.

La Fiscalía pidió la suspensión «inmediata» de los cinco parlamentarios presos

Los fiscales Fidel Cadena y Javier Zaragoza.

El artículo 384 bis de la LeCrim ya fue aplicado a algunos de los ahora parlamentarios cuando fueron elegidos como representantes en el Parlamento catalán en los comicios autonómicos del 21 de diciembre de 2017, a instancias del magistrado instructor del ‘caso procés’, Pablo Llarena.

Los fiscales recordaron en el escrito que el auto del juez Llarena intando la aplicación de este artículo por el Parlamento catalán respecto de los entonces diputados autonómicos no buscaba «sino preservar el orden constitucional impidiendo que personas que ofrecen indicios racionales de haber desafiado y atacado de forma grave el orden de convivencia democrática mediante determinados comportamientos delictivos, entre los que se encuentra el delito de rebelión, puedan continuar en el desempeño de una función pública de riesgo para la colectividad».

Batet explicó que pedía este informe al Supremo para que aclarase «qué pueden hacer o no hacer» en el Parlamento los cuatro diputados en situación de prisión preventiva, dado que el auto que permitió su asistencia a la sesión constitutiva del martes sólo se refería a ese día.

Considera que lo adecuado es que el Supremo fije criterio para toda la legislatura sobre las consecuencias de la ley procesal, máxime cuando «la función jurisdiccional pertenece en exclusiva al Poder Judicial, que es el competente para enjuiciar y determinar las consecuencias».

La presidenta del Congreso, Meritxell Batet. Foto: EP

«Creo que la función jurisdiccional corresponde al Poder Judicial, que es quien ha determinado siempre en qué situación quedan las personas en prisión preventiva», insistió.

Preguntada si, además de la petición que ha cursado al Supremo ella es partidaria se solicitar también un informe jurídico a los letrados del Congreso, Batet recordó que esa facultad corresponde a la Mesa y no a la Presidencia y que, si así se acuerda, así se hará.

Meritxel Batet ha convocado para este jueves, a las 12.30, la primera reunión de la nueva Mesa de la Cámara.

Se tratarán las peticiones de PP, Cs y VOX para que se suspenda en sus funciones parlamentarias a estos cuatro diputados que están en prisión preventiva.

Sin embargo, no se espera que el órgano de gobierno tome una decisión sobre este extremo hasta la próxima semana, es decir, ya después de las elecciones europeas, municipales y autonómicas de este domingo.

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