La Fiscalía pide un año y ocho meses de inhabilitación para Torra por mantener los lazos amarillos
La Fiscalía Superior de Cataluña pide abrir juicio oral contra Torra. Foto: Generalitat

La Fiscalía pide un año y ocho meses de inhabilitación para Torra por mantener los lazos amarillos

Y una multa de 30.000 euros
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09/7/2019 14:24
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Actualizado: 12/7/2019 12:51
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La Fiscalía Superior de Cataluña ha pedido un año y ocho meses de inhabilitación para el presidente catalán, Quim Torra, por un presunto delito de desobediencia a la Junta Electoral Central (JEC) al no ordenar la retirada de lazos amarillos y ‘estelades’ de los edificios de la Generalitat en periodo electoral.

Reclama que se le inhabilite durante ese periodo para el ejercicio de funciones de gobierno o de cargo público de ámbito «local, autonómico, estatal o europeo».

Además, reclama que le imponga una multa de 30.000 euros.

Este procedimiento contra Torra se abrió a raíz de una querella presentada por el fiscal superior Francisco Bañeres Santo el pasado 27 de marzo, ordenada por la fiscal general del Estado, María José Segarra.

El pasado 27 de junio, el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) Carlos Ramos Rubio dio por concluida la fase de instrucción del caso y abrió la fase de procedimiento abreviado, paso previo al juicio.

Determinó que los hechos investigados pueden ser un presunto delito de desobediencia o, subsidiariamente, de denegación de auxilio a la autoridad competente.

Entonces, el juez dio diez días a las partes para que solicitasen la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el archivo de la causa.

Hoy ha trascendido el escrito de acusación del fiscal: pide la apertura de juicio oral.

La Fiscalía Superior de Cataluña relata en el escrito que ha enviado a la Sala de lo Civil y Penal del TSJCat que Torra recibió el 11 de marzo una resolución de la JEC en el que se le instaba, en el plazo máximo de 48 horas, a la «inmediata retirada de las banderas ‘estelades’ o lazos amarillos que puedan encontrarse en cualquier edificio público dependiente de la Generalitat».

Recuerda que dicho expediente fue abierto a raíz de una reclamación de Ciudadanos ante la JEC el 7 de marzo, en la que exponía que en la práctica totalidad de edificios dependientes de la Generalitat se habían colocado lazos amarillos, esteladas y carteles con lemas tales como ‘libertad de presos políticos’, ‘Independencia’ y otros que, en definitiva, son símbolos asociados a determinada filiación ideológica o política alineada con los partidos u organizaciones que propugnan la secesión, mientras que los lazos amarillos representan el respaldo a los autores de las conductas que están siendo juzgadas en el Tribunal Supremo por presunto delito de rebelión contra diferentes responsables políticos, 9 de los cuales están en prisión preventiva.

El fiscal indica que a pesar de la claridad de la orden de la JEC, Torra «decidió desatenderla, pese a ser conocedor de que la misma era firme en vía administrativa y que debía proceder sin excusa ni pretexto a su estricto cumplimiento».

Apunta que poco antes del vencimiento del plazo otorgado para el cumplimiento de la orden, el acusado presentó un escrito interesando una reconsideración del acuerdo.

«Dicho escrito, aparentemente improcedente improcedente, al tratarse de una resolución administrativa firme, fue, no obstante, admitido por la JEC, otorgándole naturaleza de recurso de reposición, y anunciando la decisión sobre el mismo para una próxima reunión a celebrar el 18 de marzo», expone la Fiscalía.

Señala que tras el anuncio de la JEC de que la decisión se tomaría el 18 , Torra, en una comparecencia en Tarragona el 14 de marzo, «manifestó su negativa a retirar la simbología aludida por la JEC».

El 18 de marzo, la JEC acordó reiterarle el requerimiento de retirar los lazos en el plazo de 24 horas, adscribiéndole de las responsabilidades administrativas y, en su caso, penales, si persistía en desobedecer, y requirió a la delegada del Gobierno en Cataluña, Teresa Cunillera, para que informara de si Torra finalmente cumplía.

La Fiscalía señala que al día siguiente, Torra presentó ante la JEC un nuevo escrito interesando la suspensión «pretextando una supuesta imposibilidad de cumplimiento dada la multitud de edificios de la Generalitat» y porque se hallaba a la espera de conocer la opinión del Síndic de Greuges.

La Fiscalía tiene en cuenta, además, que desde el 15 de marzo Torra tenía en su poder dicho informe del Síndic, que le recomendaba atender al requerimiento de la JEC.

El 19 de marzo, la JEC negó al presidente catalán la suspensión solicitada.

Sin embargo, «desatendió abiertamente dicha orden», tal y como se desprende de unas declaraciones de la entonces portavoz del Govern Elsa Artadi y de una nota de prensa en este sentido, señala la Fiscalía.

Añade que dos días después, «evidenciando su desprecio a acatar la orden», sustituyó en el balcón del Palau de la Generalitat la pancarta con el lazo amarillo por otra idéntica con el lazo blanco.

No fue hasta el día 22, tras la orden de la JEC al consejero de Interior, Miquel Buch, para que los ‘Mossos d’Esquadra’ retiraran los símbolos, cuando finalmente se dio cumplimiento a la orden.

«Sí, desobedecí, porque yo me debo a un mandato superior de la ciudadanía de defensa de los derechos humanos», manifestó Torrael pasado 15 de mayo en su declaración como investigado ante el TSJCat por estos hechos.

Dijo que consideró que la orden de la JEC «era una orden manifiestamente ilegal dictada por un órgano que no era competente en absoluto» y que no era superior a él.

TORRA PIDE LA RECUSACIÓN DEL JUEZ QUE LO HA ENCAUSADO

Ayer, la defensa de Torra pidió la recusación del magistrado que lo ha imputado.

Según Gonzalo Boye, letrado del presidente catalán, el juez Ramos debe ser apartado del caso «al haber quedado acreditado que le mueve un especial interés» en que Torra «sea sentado en el banquillo de los acusados», por encima de su «obligado interés de impartir Justicia».

Argumenta que el juez podría haber incurrido en una falta de imparcialidad en las afirmaciones contenidas en el auto de acusación, tales como que Torra «pretendió (…) persistir en la desobediencia».

«Se trata de frases, razonamientos y manifestaciones rotundas y de evidente culpabilidad que reflejan, en toda su intensidad, la posición ya asumida por parte del instructor», que Boye considera que están atentando contra el derecho a la presunción de inocencia de Torra.

También señala que el magistrado ha «infringido el principio de legalidad», algo que argumenta cuando el juez considera a la JEC autoridad superior a la Generalitat.

LA ALCALDESA DE BERGA (BARCELONA) FUE CONDENADA A 6 MESES DE INHABILITACIÓN POR NO DESCOLGAR UNA ESTELADA

La ley prohíbe a los poderes públicos tomar partido en las elecciones -artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG)- y la libertad de expresión es un derecho fundamental de las personas, pero no de los gobernantes.

Por no descolgar la ‘estelada’ de la fachada municipal en las elecciones autonómicas y generales de 2015, la alcaldesa de Berga (Barcelona), Montse Venturós, de la CUP, fue condenada por el Juzgado de lo Penal 2 de Manresa en junio de 2018 a 6 meses de inhabilitación para el ejercicio de cargo público, la pena mínima atribuible a un delito de desobediencia, y a una multa de 540 euros.

Venturós ha presentado un recurso de apelación, por lo que la sentencia todavía no es firme.

Montse Venturós, alcaldesa de Berga, un pequeño municipio de 16.115 habitantes del norte de la provincia de Barcelona.

El pasado 15 de junio, el pleno del Ayuntamiento la reelegida como alcaldesa, al ser la cabeza de la lista más votada en las pasadas elecciones municipales.

 

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