El PP recurre ante el Constitucional la ley vasca de ‘abusos policiales’
Lo han interpuesto el portavoz del GPP en el Senado, Ignacio Cosidó, y la portavoz adjunta Salomé Pradas.

El PP recurre ante el Constitucional la ley vasca de ‘abusos policiales’

EN JUNIO TAMBIÉN RECURRIÓ JUNTO A VOX LA LEY NAVARRA
|
16/7/2019 09:54
|
Actualizado: 16/7/2019 09:54
|

El Grupo Popular en el Senado ha presentado un recurso de inconstitucionalidad a la ley vasca de víctimas de ‘abusos policiales’, porque “vulnera el principio de Estado de Derecho y del sometimiento de los poderes públicos a la Constitución; el derecho a la tutela judicial efectiva y a la presunción de inocencia; el principio de seguridad jurídica e invade competencias del Estado”.

Se trata de la Ley 5/2019, de 4 de abril, de modificación de la Ley 12/2016, de 28 de julio, ‘de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política en la Comunidad Autónoma del País Vasco entre 1978 y 1999’, aprobada por el Parlamento Vasco con los votos a favor de los socialistas vascos y del PNV, y que cuenta con el rechazo feroz de asociaciones de víctimas, sindicatos de la Policía y asociaciones de la Guardia Civil.

El recurso lo presentó ayer ante el Tribunal Constitucional el portavoz del grupo popular en el Senado, Ignacio Cosidó, que fue director general de la Policía entre 2012 y 2016, y la portavoz adjunta Salomé Pradas.

El SUP también interpuso en abril un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra esta ley, que ha sido admitido a trámite.

Además, el pasado 28 de junio VOX y el PP presentaron, de forma conjunta, ante el Tribunal Constitucional un recurso contra la denominada ley de abusos policiales de Navarra, aprobada el pasado marzo por el Parlamento foral, y publicada en el BOE el 16 de abril.

EL GOBIERNO DE PEDRO SÁNCHEZ RETIRÓ EL RECURSO PRESENTADO POR EL EJECUTIVO DE RAJOY

En 2017, el Gobierno de Mariano Rajoy interpuso un recurso de inconstitucionalidad a la Ley 12/2016, de 28 de julio, ‘de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política en la comunidad autónoma del País Vasco entre 1978 y 1999’,

El TC lo admitió a trámite y dejó en suspenso, de forma cautelar, la Comisión de Valoración a la que la ley atribuía la valoración de la condición de víctimas y las ayudas.

Hace un año, el Gobierno de Pedro Sánchez lo retiró, tras acordar con el ejecutivo vasco modificaciones sobre los preceptos en los que había «dudas» de su constitucionalidad, para recalcar que su objetivo no es buscar responsabilidades, sino resarcir a los afectados.

El Consejo de Ministros aprobó la retirada de aquel recurso el 3 de agosto. Un día antes, el Colectivo de Víctimas del Terrorismo (Covite) y seis asociaciones de la Policía y la Guardia Civil habían mandado un escrito al ministro del Interior, Fernándo Grande-Marlaska, rogándole que no se hiciera.

Advirtieron de la «injusticia» e «inmoralidad» que supondría su retirada contra una ley basada en el «relato del conflicto» y en la construcción de una «memoria alternativa» para «blanquear el pasado criminal de ETA y ensuciar el de las víctimas del terrorismo».

Cosidó achaca la retirada al «peaje» pagado a los nacionalistas vascos para lograr su apoyo en la moción de censura.

El PP critica que con esta retirada del recurso se perdió la posibilidad de tener una sentencia que declarara la inconstitucionalidad de la ley. Apunta que como en 2019 se aprobó la Ley 5/2019 que modificaba la anterior de 2016, esto «ha permitido al Grupo Popular presentar este nuevo recurso».

Concentración de representantes de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y víctimas del terrorismo de ETA el pasado 4 de abril ante la Cámara Vasca, en Vitoria, contra dicha ley que consideran «inconstitucional».

Sindicatos policiales, asociaciones de la Guardia Civil y víctimas del terrorismo denunciaron el pasado 4 de abril, cuando se aprobó la denominada ‘ley de Abusos Policiales’ en el Parlamento Vasco, que pretende «convertir en verdugos a las verdaderas víctimas», «rescribir» la historia «para satisfacer a la izquierda abertzale y al mundo nacionalista».

‘OFENDE A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO’

Los ‘populares’ de la Cámara Alta señalan que «de los casi 900 víctimas asesinadas por ETA, cientos eran policías o guardias civiles».

Denuncian que la Ley 5/2019, de 4 de abril, «equipara víctimas con verdugos» y supone un «insulto y una infamia» al trabajo de la Policía y la Guardia Civil en la lucha contra el terrorismo, además de «una ofensa hacia todas las víctimas».

«Las Fuerzas de Seguridad del Estado se dejan la vida para protegernos; tienen la admiración y gratitud de toda la sociedad, y merecen el reconocimiento y el respeto de todas las fuerzas políticas”, destaca Cosidó.

En el recurso, de 62 páginas, los senadores del PP recurren cuatro de los cinco artículos de esta ley.

El GPP considera que tanto la Ley 5/2019 como la que modifica 12/2016 “invaden competencias reservadas por la Constitución (CE) al Poder Judicial” y que la de 2019 «trata de adecuarse, sólo de manera formal, a la sentencia del TC 85/2018 sin respetarla en su contenido material”.

Cosidó también destaca que “la Ley 5/2019 conserva  la creación de la Comisión de Valoración, con idénticas  características y funciones y con dos competencias: reconocer derechos económicos a personas que denuncien malos tratos policiales y, un segundo, mucho más disimulado, que es desacreditar a las Fuerzas de Seguridad del Estado por un procedimiento basado en el voluntarismo político, sin el conjunto de garantías jurídicas”.

Para el portavoz del PP, “la única forma  constitucional de determinar la vulneración de derechos humanos, en un contexto de violencia de motivación política, es a través de una resolución judicial que reconozca los hechos ilícitos y que no vulnere las garantías constitucionales del derecho a la tutela efectiva y el derecho al honor”.

‘VULNERA EL ESTADO DE DERECHO’

El recurso presentado por el GPP del Senado considera que la Ley 5/2019 «vulnera por una parte, la reserva constitucional de la función jurisdiccional que corresponde al Poder Judicial, así como, el principio de Estado de Derecho y del sometimiento de los poderes públicos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico».

En este sentido, el PP considera que esta ley «acusa al Estado de Derecho de que existen víctimas que no han sido ni reconocidas, ni reparadas, lo que justifica, según dicha ley, que una Comisión dirigida por el gobierno vasco, se convierta en una Comisión especial de la verdad, que reconozca y repare las vulneraciones de derechos humanos que se hubieran producido en un contexto de motivación política».

Según el recurso presentado, este planteamiento de la ley “supone la afirmación abierta de que España no es un Estado de Derecho –artículo 1 de la Constitución-, y que los poderes públicos en España no están sometidos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico –artículo 9 de la Carta Magna-«.

Para el PP, esta ley vulnera, además, «el derecho a la tutela judicial efectiva y a la presunción de inocencia -artículo 24 de la Constitución-, así como el Derecho al Honor,  el derecho a la intimidad y el derecho a la protección de los datos personales –artículo 18-.

‘INVADE COMPETENCIAS DEL ESTADO’

El PP del Senado también subraya que esta ley traslada la obligación establecida en el artículo 118 de la Constitución de prestar a jueces y tribunales “la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto a una Administración Pública del gobierno vasco”.

Asimismo, afirma que en la Ley 5/2019, de 4 de abril, «se vulnera el principio de seguridad jurídica y la distribución constitucional de competencias entre el Estado y la Comunidad Autónoma del País Vasco».

En este sentido, los ‘populares’ consideran que la ley «invade, en especial, la competencia exclusiva del Estado en materia de Administración de Justicia –artículo 149.1.5º de la Constituxión-, la competencia también exclusiva del Estado sobre las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas -149.1.118º CE-  y la competencia exclusiva del Estado de seguridad pública  -artículo 149.1.29º CE-.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales