Sánchez Melgar insiste en que la euroorden debería tener la consideración de exhorto
Julián Sánchez Melgar, magistrado de la Sala de lo Penal del Supremo y exfiscal general del Estado. Foto: Carlos Berbell

Sánchez Melgar insiste en que la euroorden debería tener la consideración de exhorto

Dice que “el crédito del sistema judicial europeo va en ello”
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07/9/2019 07:00
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Actualizado: 15/9/2019 14:46
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El magistrado del Tribunal Supremo Julián Sánchez Melgar hace hincapié en que la euroorden “debería tener consideración de exhorto” entre las autoridades judiciales europeas.

“El crédito del sistema judicial europeo va en ello”, sentencia este magistrado de la Sala de lo Penal del Supremo.

Como es sabido –apunta- un exhorto es “un instrumento de cooperación entre dos jueces, por medio del cual, sin cuestionamiento fáctico alguno, las autoridades judiciales cumplen los requerimientos recíprocos en orden a impulsar un proceso penal por todos sus trámites.

Sánchez Melgar se ha pronunciado asíen declaraciones Confilegal después de que la Comisión Europea haya admitido deficiencias en la aplicación de la euroorden por algunos países, y haya dicho que estudiará si aplica sanciones.

Así lo ha trasladado la comisaria europea de Justicia, Vera Jourova, a la eurodiputada por Ciudadanos Maite Pagazaurtundúa, vicepresidenta de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento Europeo (LIBE), quien se dirigió a la responsable comunitaria para alertar del riesgo de impunidad por la mala aplicación del sistema.

Pagazaurtundúa reclamó el pasado julio a la Comisaria europea de Justicia una propuesta urgente que sensibilice al nuevo Ejecutivo comunitario de Úrsula Von der Leyen sobre los problemas detectados en la aplicación de la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE), tanto en el caso del expresidente catalán Carles Puigdemont, como de presuntos terroristas como Natividad Jáuregui, alias “Pepona”, también conocida como ‘la etarra de las mariscadas’ por fotos que ha colgado en Facebook.

Ahora, la comisaria de Justicia, en una carta de respuesta a la vicepresidenta de LIBE, admite que “la implementación no es enteramente satisfactoria en algunos Estados miembro” e informa que la Comisión está llevando a cabo una evaluación detallada de todas las legislaciones nacionales que transponen la Decisión Marco de la euroorden.

Finalmente, abre la puerta a “procedimientos de infracción para asegurar que todos los Estados cumplen con el marco legal”.

En su misiva, la eurodiputada española apuntaba “la necesidad de abordar los problemas ya identificados, como son el necesario respeto al principio de proporcionalidad cuando los Estados Miembro emiten euroórdenes”, así como “evitar su utilización abusiva para delitos menores, pero también otros que surgen debido a la falta de confianza mutua entre Estados”.

SÁNCHEZ MELGAR DESTACA QUE LA EUROORDEN CONTRA PUIGDEMONT ‘NO SE APLICÓ CORRECTAMENTE EN ALEMANIA’

El magistrado Sánchez Melgar destaca que, en su opinión, la euroorden contra el expresidente de Cataluña Carles Puigdemont “no se aplicó correctamente en Alemania” y dice que “se debería clarificar la situación por la Comisión con sanciones si fuera procedente”.

Lo manifiesta el exfiscal general del Estado que en enero de 2018 remitió un escrito al magistrado del Supremo Pablo Llarena, instructor del ‘caso procés’, solicitando que se reactivara la euroorden de detención y entrega contra Puigdemont por los presuntos delitos de rebelión y de malversación de caudales públicos.

Llarena había retirado la euroorden a finales de 2017, y Sánchez Melgar tomó esta decisión al anunciar Puigdemont, que estaba sin medidas cautelares, que iba a viajar de Bélgica a Dinamarca a dar una conferencia.

Al conocer que éste había salido de Bélgica rumbo a Copenhague, el entonces fiscal general del Estado remitió un escrito al juez instructor solicitando que se reactivara. Además, Llarena no podía reactivarla de oficio, necesitaba del concurso de la Fiscalía.

Para Sánchez Melgar, el viaje de Puigdemont era “una provocación al Estado de Derecho” y “no podía permitirse semejante desafío, que un huido de la Justicia se paseara libremente por Europa, sin hacer nada”.

No obstante, Llarena desestimó “temporalmente” su petición. Tras la conferencia, el huido se volvió inmediatamente a Bruselas, por lo que la Fiscalía General del Estado ya no valoró la posibilidad de recurrir.

Con posterioridad, al dictar el juez el auto de procesamiento se reactivó la euroorden, y Puigdemont fue detenido en Alemania, en un movimiento de huida.

Y el tribunal regional alemán de Schleswig-Holstein resolvió que el expresidente catalán sólo sería extraditado a España por malversación y no por rebelión. Entonces, el Supremo rechazó su entrega sólo por malversación.

Pablo Llarena, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, instructor del ‘caso procés’. Foto: Confilegal

Para Sánchez Melgar, este tribunal “se extralimitó al analizar una serie de cuestiones fácticas que, desde luego, no le incumbían”.

“La confianza que debe presidir la actuación de los tribunales europeos cuando se tramita una euroorden se vio seriamente resentida”, señala el magistrado, a lo que añade que aquello fue un “mal precedente para la seguridad jurídica europea”.

Llarena denunció en el auto en el que rechazó la entrega de Puigdemont sólo por malversación, de 19 de junio de 2018, “falta de compromiso» de este tribunal regional alemán con unos hechos que, dijo, podría haber quebrantado el orden constitucional español. 

Anunció que retiraba la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) y la internacional contra Puigdemont, además de otros fugados, en Bélgica, Suiza y Escocia, como son Toni Comín, Meritxell Serret, Lluis Puig, Clara Ponsatí y Marta Rovira.

No obstante, mantuvo vigente la orden de detención nacional que conllevaría su arresto en territorio español.

El magistrado argumentó que el tribunal regional alemán había anticipado un enjuiciamiento para el cual no tiene cobertura normativa, y que su decisión no se sujeta a los preceptos de la Decisión Marco sobre la Orden de Detención Europea, ni a la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, ni al Manual obre la euroorden elaborado por la Comisión Europea.

La Fiscalía también acusó al Tribunal Regional Superior de Schleswig-Holstein de «incumplir el marco jurídico europeo que regula la orden europea de detención y entrega» al aceptar la extradición de Puigdemont sólo por malversación.

Respecto a la presunta etarra Natividad Jáuregui, recientemente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a Bélgica por no cooperar con España en la investigación a esta individua.

Bélgica rechazó entregarla a España después de tres órdenes de arresto dictadas por la Audiencia Nacional en 2004, 2005 y 2015.

La familia del militar presentó entonces una demanda ante el TEDH, interpuesta por el despacho Salama García Blanco Abogados, que sostenía que la justicia belga no había esgrimido motivos suficientes para denegar la entrega.

El TEDH concluyó en julio que Bélgica vulneró el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho a la vida, porque incumplió su «obligación de cooperar» con la justicia española para establecer la posible responsabilidad de Jáuregui en el crimen del teniente coronel Ramón Romeo, asesinado por ETA en 1981 en Bilbao, y ha condenado a Bélgica a indemnizar a los hijos del teniente coronel.

Ha habido otras negativas de la justicia belga a euroórdenes españolas, como con Puigdemont, y el rapero mallorquín Josep Miquel Arenas, alias ‘Valtonyc’, que fue condenado a 3 años y medio de cárcel por enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias graves a la Corona y amenazas no condicionales en sus canciones a Jorge Campos, entonces presidente de la Fundación Círculo Balear, y actual presidente de VOX Baleares.

Julián Sánchez Melgar manifiesta que “en España podemos presumir de una constante actuación de colaboración judicial, impulsada por el Ministerio Fiscal”.

“Que tengamos un órgano judicial central, como es la Audiencia Nacional, a diferencia del esquema de los demás países europeos, para tramitar las euroórdenes, da idea del principio de igualdad de trato y de la especialización en esta materia, que debiera ser considerado por muchos países europeos”, señala.

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