La exmosso Inmaculada Alcolea denuncia ante la Fiscalía que la policía autonómica esté prestando escolta a Junqueras
Según señala, la policía autonómica presta "desde el pasado mes de agosto" escolta al líder de ERC y exvicepresidente de la Generalitat, "mediante diversos mossos". Foto: EP

La exmosso Inmaculada Alcolea denuncia ante la Fiscalía que la policía autonómica esté prestando escolta a Junqueras

Dirige su denuncia contra el presidente catalán, Pere Aragonès; el consejero de Interior, Joan Ignasi Elena; y el director general de los Mossos, Pere Ferrer, por supuestos delitos de malversación de dinero público y prevaricación administrativa continuada
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20/1/2022 14:54
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Actualizado: 20/1/2022 15:05
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La excabo de los Mossos d’Esquadra Inmaculada Alcolea, denunciante pública del «independentismo dentro de la policía autonómica catalana», ha presentado una denuncia ante la Fiscalía Provincial de Gerona por «la prestación de un servicio público de seguridad privado con escoltas, que lleva a cabo el Cuerpo de policía autonómica, con la protección personal e ininterrumpida a la persona de Oriol Junqueras Vies a costa del erario público», lo que, según sostiene, podría incurrir en un delito de prevaricación y malversación.

La denuncia, presentada el pasado lunes, 19 de enero, la dirige contra el presidente del gobierno catalán, Pere Aragonès i Garcia, el consejero de Interior, Joan Ignasi Elena i Garcia, y el director de los Mossos, Pere Ferrer Sastre, «de quien dependen esos escoltas que prestan servicios de protección a Oriol Junqueras».

Condenado por el ‘caso procés’, Junqueras quedó en libertad el 23 de julio al recibir el indulto del Gobierno.

Según manifiesta a Confilegal la denunciante, la policía autonómica presta «desde el pasado mes de agosto» escolta al líder de ERC y exvicepresidente de la Generalitat, «mediante diversos mossos».

En su denuncia, esta excabo, que es licenciada en Derecho, expone que podría estar tipificada como delitos de malversación de dinero público y de prevaricación «esa situación de protección personal e ininterrumpida, con seguridad pública por parte de la policía autonómica y a costa del erario público sobre una persona que no tiene condición de autoridad, está suspendido de sus funciones como diputado del Parlamento Europeo, está condenado por uno de los delitos más graves contra el ordenamiento constitucional (sedición) y otro de malveración de dinero público, inhabilitado judicialmente, y no ha habido ninguna amenaza grave a su seguridad».

«Esos escoltas que prestan servicio de protección de seguridad a Oriol Junqueras dependen directamente del director general de policía, Pedro Ferrer Sastre, y no de ningún mando operativo policial del Cuerpo de Mossos d’Esquadra», apunta.

También señala que el Estado español, concretamente el Ministerio del Interior, en base a un informe de la Abogacía del Estado, ya en su día, en 2018, «determinó y motivó, a respuesta de una petición efectuada», por qué el expresidente fugado de la justicia española, Carlos Puigdemont i Casamajor, procesado por delitos de rebelión, desobediencia y malversación de fondos públicos y actualmente en rebeldía, no tenía derecho a ser protegido con seguridad pública, pagada a cargo del erario público.

Alcolea recuerda que la Ley 6/2003, de 22 de abril, del Estatuto de los expresidentes de la Generalidad de Cataluña establece que además de una asignación mensual y una pensión vitalicia, los expresidentes tienen derecho según el artículo 6 a adoptar los servicios de seguridad que se consideren necesarios.

La denunciante añade que por extensión de la denegación a Puigdemont de seguridad pública, Junqueras tampoco tendría derecho a escolta a costa del erario público, a pesar de que «quieran venderlo» como que «es un político muy expuesto a la opinión pública, muy mediático y muy conocido y con riesgos potenciales».

En la argumentación de la denuncia vuelve a insistir en que Junqueras «no es ninguna autoridad pública, se encuentra actualmente suspendido de sus funciones de diputado del Parlamento Europeo», y que «está actualmente condenado en firme por graves delitos contra el ordenamiento constitucional, como la sedición, la desobediencia a una orden judicial y la malversación de fondos públicos».

«Además, está indultado en su condena, pero no amnistiado en la comisión de sus delitos, con lo que sigue siendo un delincuente al que el Gobierno español ha perdonado el cumplimiento de la sanción penal, pero no ha sido indultado de la condena con una amnistía», agrega.

«Este servicio de protección sería innecesario e inviable, por tanto, ilegal», sentencia Alcolea.

La denunciante «entendería perfectamente que con su sueldo de presidente de un partido político catalán, este señor decidiera ponerse escolta privada, pagada con su dinero personal, a costa de la remuneración que le ingresan mensualmente por sus “funciones”, e incluso a cargo de su propio partido político», pero «jamás, que un ciudadano de estas características, disfrute de escolta privada a cargo de seguridad pública y a costa del erario público».

Por último, recuerda que el magistrado del Tribunal Supremo instructor del ‘caso procés’, Pablo Llarena, sufrió acoso y «en ningún momento el gobierno catalán se planteó ponerle escoltas a cargo de seguridad pública y a costa del erario público».

Recientemente, la Fundación Villacisneros ha galardonado a Llarena con su premio anual «en reconocimiento a su trabajo en defensa del Estado de Derecho». La Fundación destaca que este magistrado «ha sido sometido a lo largo de su instrucción a un acoso intolerable por haberse mantenido firme en defensa de la ley y el Estado de Derecho».

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