La Justicia militar confirma la sanción a un guardia civil que estando de baja fue cazado haciendo un curso de socorrismo
Han considerado que ha cometido una falta grave consistente en “la falta de prestación de servicio amparándose en una supuesta enfermedad, así como la prolongación de la baja injustificada para éste”. 

La Justicia militar confirma la sanción a un guardia civil que fue sorprendido haciendo un curso de socorrismo estando de baja

27 / 05 / 2023 06:30

El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 5 días de suspensión de empleo y sueldo a un guardia civil que estando de baja por un esguince cervical fue cazado por dos compañeros haciendo un curso de socorrismo en una playa de Gandía. En un principio el castigo era de un mes, pero el Tribunal Militar Central se la rebajó.

Pese a haber logrado que se le redujese la sanción 25 días, quiso seguir batallando para que se le eliminase por completo. Sin embargo, los magistrados de la Sala de lo Militar Jacobo Barja de Quiroga, Fernando Pignatelli, Clara Martínez de Careaga, José Alberto Fernández y Ricardo Cuesta han considerado en su sentencia 36/2023 de 10 de mayo que no tiene razón.

Han considerado que ha cometido una falta grave consistente en “la falta de prestación de servicio amparándose en una supuesta enfermedad, así como la prolongación de la baja injustificada para éste”. 

Está tipificada en el artículo 8 de la Ley Orgánica 12/2007 de 22 de octubre, que es el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.

Tenía una lesión de esguince cervical

El agente sufrió una lesión de esguince cervical a consecuencia de una agresión en la localidad de Gandía, por lo que el 22 de febrero de 2020 fue dado de baja para la prestación de servicio. 

La lesión empeoró y en mayo de ese mismo año tuvo que acudir a urgencias con un collarín y presentando mareos.

Pero un mes después dos compañeros -el comandante del puesto principal de Oliva-Gandía y un cabo 1º- identificaron en la playa a su compañero vestido con la indumentaria propia de los socorristas, pantalón corto, camiseta reflectante y flotador salvavidas de rescate. 

Y aunque estaba de incógnito al llevar gorro, gafas de sol y mascarilla, los complementos no fueron suficientes para que no le reconociesen. Para ver si esa escena era un hecho habitual, días después los compañeros regresaron para comprobar si realmente era alumno de un curso de socorrismo y poder así recabar datos con el propio guardia civil para que explicase la situación.

Descubrieron que estaba matriculado en el “Curso de Socorrismo en Espacios Acuáticos Naturales» en el Centro de Formación García Ibáñez S.L de la localidad de Gandía de diciembre de 2019 hasta julio de 2020. En él hacía tanto clases teóricas como prácticas.

La baja finalizaba el 13 de julio de 2020.

Hizo los mismos esfuerzos físicos que sus compañeros del curso

Tras la sentencia del Tribunal Militar Central, el agente recurrió la sentencia ante el Tribunal Supremo. Pero no tuvo suerte.

Los magistrados relataron que “la actividad que estaba realizando, y no solo puntualmente, se trataba de un curso de socorrismo, implicaba o bien que la enfermedad debido a la cual se encontraba de baja no era real o bien estaba realizando actividades que necesariamente producirían una prolongación de la misma”.

Y aunque dijo que acudió sólo a las clases teóricas, la Sala consideró que eso no era así porque compañeros del curso dijeron que había realizado los mismos esfuerzos físicos que el resto de los alumnos porque, de lo contrario, habría sido dado de baja.

El guardia civil solicitó también que se incluyese la declaración de más testigos porque, según él, sus testimonios eran fundamentales para el desarrollo de su defensa. Pero los magistrados no lo consideraron pertinente por no ser vinculantes y esclarecedores con los hechos investigados. Por lo que han confirmado la sentencia del Tribunal Militar Central.

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