La Justicia reitera que los ayuntamientos no pueden girar la plusvalía a los contribuyentes si se obtiene menor precio por la venta que por su compra
Así le ha ocurrido a una pareja de Puerto Real (Cádiz) que vendió un piso con trastero por 30.000 euros menos de lo que le habían costado y el Consistorio les giró sendos recibos, por lo que pusieron el caso en manos del abogado José Luis Ortiz Miranda, director del Bufete Ortiz.

La Justicia reitera que los ayuntamientos no pueden girar la plusvalía a los contribuyentes si se obtiene menor precio por la venta que por su compra

En cumplimiento de la doctrina del Constitucional y del Supremo, las administraciones se están allanando a las demandas que reclaman la nulidad del impuesto de plusvalía abonado
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21/9/2023 06:30
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Actualizado: 21/9/2023 10:17
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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cádiz ha declarado la obligación del Ayuntamiento de Puerto Real a devolver a una pareja la plusvalía y los intereses que le giró, ya que los contribuyentes obtuvieron menor precio por la venta de una casa con un trastero que lo que les costaron.

La sentencia, dictada el pasado 8 de agosto (152/2023) por la juez Carmen Beardo Hurtado, cumple así la reciente doctrina fijada por el Tribunal Supremo (TS) en la  sentencia 414/2023, de 28 de marzo que establece que deben anularse todas las liquidaciones recurridas en plazo a 26 de octubre de 2021.

Y la que dictó el Tribunal Constitucional (TC) el 26 de octubre de 2021 (182/2021) declarando la inconstitucionalidad de los artículos 107.1, 107.2 a9 y 110.4 del Texto Refundido de Haciendas Locales, porque no diferencian cuando existe una plusvalía o una minusvalía entre la compra (o donación) y la venta de un inmueble. 

El Ayuntamiento giró a estos contribuyentes 3.488,63 euros en concepto de plusvalía de piso, y por el trastero 387,70 euros. 

Tras la demanda presentada por el matrimonio, el Consistorio se allanó, pagando dichos importes más 1.500 euros de intereses.

El caso lo ha llevado el abogado José Luis Ortiz Miranda, director del Bufete Ortiz, de Cádiz.

EL CASO

Esta pareja compró una piso y un trastero en Puerto Real -situado a 20 kilómetros al norte de Cádiz- por 120.000 y los vendió por un importe inferior, 80.000.

“Encima, el Ayuntamiento de Puerto Real, ni corto ni perezoso, le giró un impuesto de plusvalía, como si hubiera generado un incremento de patrimonio. Y ello pese a que hay una sentencia del Constitucional, frente al ánimo recaudatorio salvaje de las haciendas locales, que puso un límite estableciendo que, como la palabra indica, el impuesto de plusvalía -subrayo plus- sólo se produce cuando entre el valor o el precio de lo comprado y lo vendido hay un incremento de precio, pero no en el supuesto que aquí ocurre”, expone José Luis Ortiz.

“Encima de que perdieron 30.000 euros entre compra y venta, para más inri, les impone 3.000 euros y pico de impuesto de plusvalía del piso y 300 y pico por el trastero”, critica este abogado.

Y subraya que el Constitucional “dice que esto es una aberración, puesto que no hay incremento patrimonial susceptible de que se gire el tributo”. 

José Luis Ortiz Miranda está especializado en derecho bancario, en derecho sanitario y negligencias médicas, y cuenta con más de 35 años de trayectoria profesional.

Ortiz enfocó el caso invocando las citadas dos sentencias del TC.

LOS AYUNTAMIENTOS SIGUEN GIRANDO MASIVAMENTE EL IMPUESTO DE PLUSVALÍA POR SI CUELA, DENUNCIA ESTE ABOGADO

Este letrado denuncia que “los Ayuntamientos, incomprensiblemente, desoyen la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, y por aquello de ‘a ver si cuela’ siguen girando masivamente el impuesto de plusvalía, independientemente de que al venderlo hayan obtenido un importe menor al costo inicial de compra”.

Ortiz hace un llamamiento a la ciudadanía para que sepan que pueden recurrir y “no traguen”.

Las administraciones se allanan, pero una vez que hay demanda. 

“A mi juicio, lo que están haciendo los Ayuntamientos es jugar con las estadísticas, toda vez que la experiencia y las estadísticas demuestran que de cada 10 recibos que giran por plusvalía, 9 ciudadanos pagan y uno reclama. Esto es un golferío, porque obtienen un enriquecimiento ilícito de las arcas municipales”, concluye.

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