María Luz García Paredes

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Han entendido que no es aceptable que para declarar la gran incapacidad por ceguera se atienda solamente a la agudeza visual.
Da la razón a una profesora a la que le redujo a la mitad un complemento cooperativo y valida la reclamación salarial que hizo transcurridos 9 años.
La sentencia cuenta con un voto particular discrepante formulado por el magistrado Ignacio García-Perrote, al que se adhiere la presidenta de la Sala, Rosa María Virolés.
Este caso ha pasado por varios tribunales y no siempre han fallado de la misma forma. Pero el Supremo ha dado la razón al de primera instancia
Para el cómputo del complemento de la antigüedad de trabajadores fijos discontinuos, debe tenerse en cuenta el periodo total de prestación de servicios.
Una condena penal inhabilita a los vigilantes jurados para ejercer la profesión. Tienen que estar "limpios".