Alfredo Martinez Guerrero y soy letrado de la Administración de Justicia en Andalucía aborda el peliagudo asunto del artículo 324 de la LECRim que establece los plazos para la instrucción.
Eduardo de Urbano defiende que el cumplimiento de la ley sea igual para todos y que no haya excepciones, como a veces ocurre en el cumplimiento de plazos.