El TSJM corrige así su doctrina anterior y obliga al juzgado a conocer de la demanda interpuesta a pesar de que se presentó pasado el plazo del artículo 71.6 de la LRJS.
Carmen Giménez Cardona, vicedecana del Colegio de Procuradores de Madrid, repasa la situación de los operadores jurídicos en la Administración de Justicia.