"Si la administración no cambia su criterio, las empresas que no pueden registrar un plan de igualdad quedan en una situación de desamparo y estancamiento".
La Sala concluye en esta resolución que el principio de primacía del Derecho de la Unión obliga a interpretar la normativa interna española de acuerdo con lo que establece la Directiva del IVA.