La Directiva sobre cláusulas abusivas no se opone a la adopción de disposiciones nacionales que garanticen un mayor nivel de protección a los consumidores.
Resuelve que no es posible imputar al banquero el delito porque no hay denuncia previa de los supuestos perjudicados, que serían el BBVA y sus accionistas.
La Audiencia de Madrid entiende que "el tuit enjuiciado ha causado dolor" y ha generado "un daño gratuito", pero considera que los hechos no son constitutivos de un delito de odio.