La Fiscalía pide cárcel para tres empleados de una residencia de Mieres (Asturias) por la muerte de un anciano
El fiscal considera que los hechos son constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia grave y, alternativamente, de un delito de denegación de asistencia sanitaria.

La Fiscalía pide cárcel para tres empleados de una residencia de Mieres (Asturias) por la muerte de un anciano

Reclama un año y medio de prisión para cada uno
|
06/5/2019 08:43
|
Actualizado: 06/5/2019 08:54
|

La Fiscalía del Principado de Asturias ha pedido la condena de tres empleados de una residencia gerontológica de Mieres por la muerte de un anciano en 2016.

La Fiscalía pide un año y medio de prisión para cada uno, por un presunto delito de homicidio por imprudencia grave y, alternativamente, por un supuesto delito de denegación de asistencia sanitaria.

El juicio arranca hoy, a las 9.30, en el Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo.

El fallecido ingresó en marzo de 2016 en la residencia tras una caída en su domicilio de la que fue tratado del que fue tratado en el Hospital Universitario Central de Asturias. Tenía 84 años.

Según el escrito del fiscal, el 1 de mayo de 2016 comenzó a presentar un cuadro de vómitos, reiterado en el tiempo, pero intermitente, que fue tratado sintomáticamente con antieméticos y administración de suero oral bajo la supervisión del diplomado en enfermería del centro.

No juzgó necesario avisar a la médico de la propia residencia, que esos días estaba libre de servicio ni tampoco al servicio de urgencias del Centro de Salud de Mieres.

El 2 de mayo, a las 22.00 horas, al terminar el turno de trabajo del enfermero, como el anciano había experimentado poco antes un episodio fuerte de vómitos, éste encomendó a dos de los gerocultores, acusados, que junto con al tercer acusado, formaban el turno de noche, que le vigilaran especialmente por si había que tomar alguna determinación en cuanto al aviso al médico de guardia.

Hacía las 23.00 horas uno de los acusados pasó por la habitación que ocupaba el anciano, sin observar ningún dato fuera de lo normal.

La siguiente visita no tuvo lugar hasta las 02.23 horas del día 3. En esa visita, al ver que estaba vomitando y aparentaba un empeoramiento sensible de su estado, los acusados llamaron al teléfono de emergencias 112 para que les pusiera en comunicación con el Centro de Salud de Mieres Sur.

Tras varias conversaciones, la médico de guardia decidió desplazarse a la residencia para examinar al paciente y luego decidir sobre el traslado o no del mismo a un centro sanitario.

A las 03.33 horas la médico de guardia se presentó en un taxi en la residencia. Llamó repetidas veces al intercomunicador para que le abrieran, sin obtener respuesta.

El propio taxista tocó el claxon del vehículo y dio ráfagas de luz larga para advertir de su presencia. Incluso se bajó y se acercó al portón y a la contigua puerta peatonal para comprobar si se podían abrir manualmente de un empujón.

Los acusados entre tanto, después de intentar repetida e infructuosamente abrir el portón a distancia con los teléfonos inalámbricos, adoptaron una actitud de completa pasividad, según el fiscal.

No se acercaron al portón para hablar con la doctora del problema que se había planteado, ni para intentar la apertura manual con la llave ‘Allen’, ni respondieron a las repetidas llamadas que efectuaba la doctora a través del teléfono 112 al centro para pedir explicación sobre la falta de apertura de alguna de las puertas de acceso.

Sólo en el último momento una de las acusadas respondió a esas llamadas, quejándose de que llamaran con tanta insistencia y se limitó a afirmar secamente que no podían abrir el portón.

Ninguno de los acusados propuso llamar por teléfono a alguno de los responsables del centro, ni a la supervisora a fin de que les dieran alguna indicación sobre la forma de actuar ante el grave problema que se había presentado.

Tras permanecer quince minutos en el exterior de la residencia y no poder acceder a la misma, la médico abandonó el lugar; tenía que atender otras urgencias.

A partir de ese momento, 03.47 horas, el enfermo no fue visitado más por ninguno de los acusados hasta que a las 05.12 horas entró en su habitación uno de los acusados, comprobando que había fallecido.

El fallecimiento se debió a una insuficiencia cardio-respiratoria aguda en un contexto de acentuada hipertermia, que pudiera tener su origen en un síndrome neuroléptico maligno, efecto secundario, que aunque muy raro, se ha descrito respecto al antidepresivo Trazadona, principio activo del fármaco Deprax que le estaba siendo administrado y que en caso de haberse tratado a tiempo en un hospital podría haberse revertido.

Noticias relacionadas:

El Gobierno crea una nueva figura de fiscal de Sala del Supremo para combatir el maltrato a los mayores en residencias

La Comunidad de Madrid multa a la residencia donde presuntamente se maltrató a dos ancianas y propone inhabilitar a la directora

El Defensor del Pueblo reclama a los poderes públicos abordar de forma urgente la soledad de las personas mayores

El Defensor del Paciente pide a la Fiscalía que investigue a una residencia de Madrid de la que trabajadores denuncian que les falta el material básico

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales