La juez rechaza las medidas cautelares pedidas por Real Madrid, Barça y Athletic contra el acuerdo de LaLiga y CVC
Recuerda que cuando lo que se dirime son asuntos sociales, “el principio de mínima injerencia deberá prevalecer hasta la decisión definitiva”. Foto: Carlos Berbell/Confilegal

La juez rechaza las medidas cautelares pedidas por Real Madrid, Barça y Athletic contra el acuerdo de LaLiga y CVC

Afirma que supondría la paralización de efectos ya iniciados o ejecutados, "acogiendo y sobreponiendo el criterio de una minoría frente a la elección llevada a cabo y consentida por la mayoría"

7 / 03 / 2022 11:17

Actualizado el 07 / 03 / 2022 11:17

La titular del Juzgado de Primera Instancia número 15 de Madrid ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por Real Madrid, Barça y Athletic de Bilbao consistentes en la suspensión preventiva de dos acuerdos adoptados en la Asamblea General Extraordinaria de asociados de la Liga Nacional de Fútbol Profesional -LaLiga-, celebrada el 10 de diciembre de 2021.

En esos dos acuerdos, el tercero y el cuarto, se aprobaron los términos definitivos de la operación estratégica entre LaLiga y el Fondo CVC Capital Partners, que incluye el Plan Integral de Desarrollo de Clubes La Liga Impulso, y la transmisión de las actividades de negocio de LaLiga distintas de la comercialización de los derechos audiovisuales en favor de LaLiga Tech S.L.U.

Estos tres equipos de fútbol pretendían con la solicitud de medidas cautelares evitar los perjuicios que de no adoptarse la suspensión podrían producirse, pero la magistrada María Vilma del Castillo González considera que suspender los acuerdos aprobados “supondría la paralización de efectos ya iniciados o ejecutados, acogiendo y sobreponiendo el criterio de una minoría frente a la elección llevada a cabo y consentida por la mayoría”, que votó 39,7 a favor, 4,3 en contra y una abstención.

La juez recuerda en su auto, dictado el 2 de marzo y conocido hoy, que cuando lo que se dirime son asuntos sociales, “el principio de mínima injerencia deberá prevalecer hasta la decisión definitiva”.

Esta resolución no es firme, puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

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