Tribunal Constitucional (TC)

El Tribunal Constitucional fue fundado el 27 de diciembre de 1978, es un órgano constitucional español independiente del resto de poderes del Estado, incluido el Poder Judicial. Comenzó a funcionar a partir de la Ley Orgánica y tiene sede en Madrid.

Es el máximo intérprete de la Constitución Española y da garantía de los derechos fundamentales, de las libertades públicas y de la supremacía de la Constitución.

El Tribunal Constitucional tiene competencia en toda España.

La composición

El Tribunal Constitucional está compuesto por 12 miembros nombrados por el Rey, 4 son propuestos por el Congreso de los Diputados, 4 por el Senado, 2 por el gobierno y 2 por el Consejo General del Poder Judicial.

Todos ellos deben tener ciudadanía española, ser magistrados, funcionarios públicos, fiscales, profesores de universidad o abogados. Además de más de quince años de ejercicio profesional.

Los miembros estarán designados por un periodo de 9 años, renovados cada 3 por terceras partes, y serán inamovibles del ejercicio de su mandato.

Su cargo es incompatible con cargos políticos o administrativos, mandatos representativos, con funciones directivas en partidos políticos o sindicatos, con cualquier actividad profesional o mercantil, y con el ejercicio de carreras judicial y fiscal.

Sus competencias

Le corresponde la última interpretación de los preceptos constitucionales e indicar la extensión y límites de los valores superiores (pluralismo político, libertad y justicia).

Es competente en cuanto al recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley, el recurso de amparo por violación de los derechos y libertades, los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de los de éstas entre sí, y las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes orgánicas.

Sus sentencias se publican en el Boletín Oficial del Estado y al día siguiente de ser publicados adquieren valor y no se pueden recurrir.

Desde un punto de vista histórico del derecho constitucional universal y al ser el intérprete supremo de la Constitución Española, se le puede considerar creador de Derecho.

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Ficha técnica:
Tribunal Constitucional
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