Señala que el juez no debe contaminarse “por cualquier clase de prejuicio contra alguna de las partes que pudiera tener su origen en información obtenida fuera de los cauces procesales oportunos”.
Por las irregularidades en operaciones bancarias vinculadas con proyectos inmobiliarios que causaron un perjuicio a la entidad de 198 millones de euros
La sentencia, que es firme, anula la cláusula que impide a los viajeros ceder sus derechos de reclamación, al considerarla "ineficaz y contraria a la buena fe" por "obligar a un consumidor medio a litigar en países idiomas y sistemas judiciales desconocidos y lejanos".