La Corte Internacional de Comercio, no considera que la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional, en la que se apoya Trump, sea aplicable porque el déficit comercial no es una "emergencia nacional".
Esta transformación responde a una presión creciente por parte de los clientes para disponer de modelos más previsibles, transparentes y alineados con los resultados obtenidos, y no solo con el tiempo invertido.