El Tribunal Supremo condena a un vocal de mesa electoral que se negó a ejercer durante las elecciones catalanas de 2021 por miedo al COVID-19, al descartar la eximente de estado de necesidad y reafirmar la obligatoriedad del deber electoral.
La Fundación ha articulado su defensa sobre tres ejes: la caducidad del procedimiento administrativo, la ausencia de cobertura legal suficiente para acordar la extinción y la vulneración del derecho de defensa.
La Audiencia Provincial de Barcelona legitima el uso de los MASC para la agilización de la justicia, pero no puede impedir el derecho a la tutela judicial efectiva.