"Exista vínculo conyugal o no, si los dos progenitores conviven y contribuyen económicamente al sustento de su hija menor, hay que computar el importe de los ingresos procedentes de uno y otro", concluye el tribunal.
El experto Antonio Cañete afirma: “No hay mejor política social que un Gobierno pueda desarrollar que instaurar un régimen sancionador para empresas privadas y administraciones públicas morosas”
La adaptación normativa a las Sentencias del Tribunal Constitucional debe ser un objetivo prioritario del Gobierno para desbloquear la situación y garantizar la seguridad jurídica.
El socio director de Durán y Durán Abogados, Miguel Durán, se felicita por la decisión del juez García Castellón de archivar la causa contra su cliente.