La Sala considera que la Administración vulneró el derecho a la igualdad y a la educación del niño al adjudicarle un colegio en horario partido y no en otro
La magistrada entiende que los verdaderos medios de producción de esta actividad “no son la bicicleta y el móvil” que usan los repartidores de comida sino la “plataforma digital”
Considera que la Administración vulneró el derecho a la igualdad y a la educación del pequeño al adjudicarle un colegio en horario partido y no en continuo, como eligieron los progenitores.