Según la Ley, todo cazador está obligado a indemnizar los daños causados con motivo del ejercicio de la caza, salvo que se pruebe la culpa exclusiva de la víctima o fuerza mayor.
La Sala recuerda que la mera existencia de antecedentes médicos no puede ser utilizada como excusa para no aplicar los protocolos clínicos establecidos ni para dilatar intervenciones"."