El que fuera rival de Ribón en las elecciones a decano del Colegio de la Abogacía de Madrid considera que el artículo 79.3 del Estatuto de la Abogacía solo puede tener una lectura y es que hay que dimitir para competir en las elecciones
Lo que está en juego en esta cuestión prejudicial planteada por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ante el TJUE es la efectividad de las acciones colectivas.