Fernando Presencia
Con estas dos nuevas imputaciones suman ya siete los delitos por los que ha sido imputado y está siendo investigado por la Audiencia Nacional. De forma paralela, la Audiencia Provincial de Toledo está próxima a pronunciarse sobre la ejecución de la pena de dos años y diez meses de prisión que el Tribunal Supremo dio ya por válida. Foto: Confilegal.

La Justicia decreta la suspensión de Acodap e imputa a Presencia delitos de blanqueo de capitales y alzamiento de bienes: y van siete

23 / 06 / 2023 04:00

Actualizado el 23 / 06 / 2023 09:05

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Pocos días antes de que la Audiencia Provincial de Toledo se pronuncie sobre el último recurso de apelación de Fernando Presencia contra su entrada en prisión, el Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional ha decretado la suspensión de la llamada Asociación contra la corrupción y defensa de la acción pública (Acodap), que ha venido presidiendo hasta ahora este juez expulsado de la carrera judicial en 2017 y 2018.

La suspensión durará mientras se realice la presente instrucción del caso. No podrá exceder los 5 años. El Registro de Asociaciones ha sido ya informado.

Una consecuencia directa de esta decisión es que la web de Acodap, en todas sus terminaciones, debe quedar por completo inoperativa y bloqueada. No puede seguir pidiendo donaciones.

Además, comunica a Presencia que volverá a citársele para ser interrogado como imputado por los nuevos delitos de blanqueo de capitales y alzamiento de bienes. Así lo establece un auto dictado por dicho Juzgado Central de Instrucción que tiene fecha de ayer, 22 de junio, y al que ha tenido acceso Confilegal.

BLANQUEO DE CAPITALES Y ALZAMIENTO DE BIENES

El auto también relata que, tras recibir la información requerida a los bancos, la Fiscalía ha solicitado que se amplíe la investigación a los delitos de blanqueo de capitales y alzamiento de bienes por haber hallado una serie de indicios que encajan con dicha tipificación delictiva.

“La imputación de esos nuevos delitos fuerza, necesariamente, a tener que volver a recabar la declaración judicial del investigado”, añade.

Cosa que se acordará próximamente en una resolución separada.

Con la suma de estos dos nuevos delitos el total de delitos por los que se está viendo investigado Presencia por la Audiencia Nacional se eleva a un total de 7

Presencia estaba ya siendo investigado por supuestos delitos de calumnias y/o injurias del Código Penal (artículo 205 y siguientes) y contra las altas instituciones del Estado, previsto en el artículo 504 del mismo Código.

El pasado mes de diciembre se ampliaron las imputaciones por los supuestos delitos de organización criminal, asociación ilícita y estafa agravada.

Con la suma de estos dos nuevos delitos el total de delitos por los que se está viendo investigado Presencia por la Audiencia Nacional se eleva a un total de 7.

“UNA ORGANIZACIÓN CRIMINAL DIRIGIDA POR EL SEÑOR PRESENCIA”

De acuerdo con el auto, se considera “pertinente y proporcionada la medida de suspensión cautelar de las actividades de la asociación Acodap al apreciarse indicios suficientes y racionales de estar en presencia de una asociación ilícita, constituida con la sola finalidad de delinquir y utilizada como un mero instrumento para el lucro de los miembros de la organización criminal dirigida por el señor Presencia”.

En este procedimiento, dice el auto, se ha podido constatar que “ha hecho de la maquinaria delictiva de Acodap su único ‘modus vivendi’”.

En el mismo se relata que Presencia, una vez separado de la carrera judicial, ha carecido de ingreso alguno.

“La pretendida intención de luchar contra la corrupción no sería más que un falso reclamo para atraer aportaciones y donaciones anónimas”, se puede leer en el auto.

Además, cuenta que las múltiples denuncias presentadas por el imputado contra personas e instituciones del Estado serían “la pantalla y el componente necesario” para desarrollar su actividad ilícita.

«La pretendida intención de luchar contra la corrupción no sería más que un falso reclamo para atraer aportaciones y donaciones anónimas”, se puede leer en el auto.

Una actividad que consiste en replicar dichas denuncias en medios afines, en redes sociales y en medios de comunicación, por ello, el magistrado dice que Acodap es un instrumento para la comisión de los delitos investigados; “la pantalla tras la que escudarse”.

“En aras a proteger la instrucción”, añade el juez instructor, y a “las altas instituciones que, a diario, se ven desprestigiados por las denuncias mendaces difundidas desde Acodap y sus redes sociales afines, y especialmente para evitar la revictimización de los perjudicados y la perpetuación del delito de asociación ilícita”, considera esencial la medida de suspensión cautelar de la asociación.

Lo que se pretende con esta medida es impedir que Acodap pueda seguir delinquiendo y, por lo tanto, consumando de forma continuada y reiterada los delitos que está investigando dicho Juzgado Central de Instrucción.  

LAS PERSONAS JURÍDICAS PUEDEN DELINQUIR

El Juzgado Central de Instrucción 6 recuerda que, desde la reforma del Código Penal de 2010, las personas jurídicas pueden delinquir.

Y pueden ser sancionadas con una multa, con su disolución, con su suspensión de actividades, con la clausura de sus locales o establecimientos, con la prohibición definitiva o temporal de realizar determinadas actividades, con la inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, con la imposibilidad de contratar con el sector público o con la intervención jurídica.

Acodap es una persona jurídica que ha venido sirviendo como instrumento para la comisión de los supuestos delitos descritos, subraya. Ha sido “una ficción donde el delito es la médula de su ser”.

CONDENADO DOS VECES POR PREVARICACIÓN

Presencia ha sido condenado dos veces por sendos delitos de prevaricación –dictar autos o sentencias sabiendo que son injustas, el peor delito de corrupción que puede cometer un magistrado–, por lo que ha sido condenado en firme por el Tribunal Supremo a 10 años de inhabilitación especial por cada uno de ellos.

Está, por lo tanto, expulsado de la carrera judicial.

Jamás podrá regresar a la judicatura a pesar de que se sigue haciendo llamar “juez Presencia”.

Trece meses atrás la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo le recriminó que siguiera utilizando ese título al que no tiene ningún derecho.

Presencia ha sido condenado dos veces por sendos delitos de prevaricación –dictar autos o sentencias sabiendo que son injustas, el peor delito de corrupción que puede cometer un magistrado–, por lo que ha sido condenado en firme por el Tribunal Supremo a 10 años de inhabilitación especial por cada uno de ellos

A LA ESPERA DE ENTRAR EN PRISIÓN

Presencia fue condenado a dos años y diez meses de prisión por los delitos de calumnias con publicidad y denuncia falsa en la persona del fiscal decano de Talavera. Dicha sentencia fue ratificada en apelación.

El Supremo inadmitió el recurso de casación que interpuso después. La Audiencia Provincial de Toledo tiene que pronunciarse próximamente ante un último recurso de apelación que no puede ir en contra de la decisión del Supremo, por lo que se presume que la ejecución de la pena está próxima a materializarse

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