El auto de la Audiencia dice que es imprescindible esclarecer si el impago denunciado se debió a una mala gestión, a circunstancias ajenas a los querellados o a la ausencia de intención real de cumplir lo pactado.
El TSJPV condena solidariamente a la empresa y a uno de sus socios por vulnerar el honor de una trabajadora al consignar el insulto “zumbada” en dos transferencias de nómina.