El Supremo revisara el próximo 4 de enero en vista pública el recurso contra la prisión preventiva que presentó el exvicepresident de la Generalitat Oriol Junqueras y le ha citado para que esté presente durante la misma.
La Audiencia Nacional ha condenado al presidente de Catalunya Acció, Santiago Espot, a una multa de 7.200 euros como promotor de la pitada al himno, en presencia de Felipe VI, en la final de la Copa del Rey en el Camp Nou entre el FC Barcelona y el Athletic de Bilbao, disputada el 30 de mayo de 2015
El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha acordado ampliar la investigación que sigue por un posible delito de rebelión en el procés independentista al expresidente de la Generalitat Artur Mas, la secretaria general de ERC, Marta Rovira , y la portavoz parlamentaria de la CUP, Anna Gabriel, entre otros.
El Juzgado de Instrucción 2 de Granada ha acordado continuar con el procedimiento abreviado la causa contra Juana Rivas por los delitos de desobediencia a la autoridad y sustracción de menores.
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha reconocido el derecho de la familia de Publio Cordón a recibir la indemnización de más de 300.000 euros por el secuestro del empresario zaragozano que aún no se le ha otorgado.
El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata, que investiga el presunto origen ilícito de la fortuna de la familia Pujol, ha acordado rebajar de cuatro millones de euros a medio millón la fianza impuesta a Jordi Pujol Ferrusola para que pueda salir de prisión, en la que lleva desde el pasado 25 de abril.
La Audiencia Nacional ha condenado a 30 años, pero con un cumplimiento máximo de la pena de 20 años, a los GRAPO José Antonio Ramón Teijelo y María Victoria Gómez Méndez por el secuestro hace 22 años, en 1995, del empresario aragonés Publio Cordón.
Un juzgado de València ha dictado auto de procedimiento abreviado contra el exsubdirector de Administración y Finanzas del Institut Valencià d'Art Modern (IVAM) Juan Carlos Lledó por un supuesto delito relacionado con la pornografía infantil.
Las discrepancias sobre el valor de mercado de una determinada propiedad no deben plantearse ante los ayuntamientos ni mediante la impugnación del recibo del IBI o de la liquidación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, sino ante la gerencia del catastro.