La Audiencia de Zamora considera probado que entre 2014 y 2017 fue extrayendo diversas cantidades de la cuenta bancaria de las ancianas, aprovechando su condición de autorizado.
Así lo acuerda en la sentencia 612/2021, 4 de mayo, en la que interpreta el artículo 8 de la Ley 3/2004 contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Estima el recurso del PP contra varias disposiciones; la sentencia, con ponencia de Andrés Ollero, cuenta con un voto particular formulado por Conde-Pumpido.
“La regulación de las condiciones para el ejercicio de la actividad agrícola y la protección medioambiental del Mar Menor no vulnera las competencias estatales invocadas por los recurrentes".
Así consta en una providencia en la que la asociación pide aclarar si el procedimiento que se sigue ante la Audiencia Nacional debe trasladarse a Alemania.
El TC establece una interpretación para garantizar el necesario deslinde entre el procedimiento administrativo regulado en la norma y la jurisdicción penal.