"No cabe exigir a un menor responsabilidad solidaria ante Hacienda cuando la actuación que se le impute sea la de causante o colaborador en la ocultación o transmisión de bienes o derechos realizada por su representante legal para impedir la actuación de la Administración tributaria".
Asegura que "estudiará las acciones pertinentes a realizar" en relación a la interpretación de los plazos sustantivos y su presentación en día inhábil.
ALTODO, que coincide con el ICAM, considera esta sentencia "un ataque frontal al derecho a la desconexión digital, y una interpretación contraria a Derecho".