El Tribunal de Cuentas tarda 11 meses en cumplir una sentencia de Tribunal Supremo
Javier Medina y Ramón Álvarez de Miranda, número 2 y presidente, respectivamente del Tribunal de Cuentas; ambos forman parte de la Comisión de Gobierno que ha sido denunciada ante el Tribunal Supremo.

El Tribunal de Cuentas tarda 11 meses en cumplir una sentencia de Tribunal Supremo

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30/3/2017 05:59
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Actualizado: 30/3/2017 08:04
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Desde el 26 de abril del año pasado el Tribunal de Cuentas estaba obligado a acabar y cumplir una sentencia del Tribunal Supremo en la que se decía algo muy grave: que había habido  “desviación de poder” . Han pasado 11 meses. En parte es lógico este «olvido». Comprensible. Porque era la sentencia del «caso Enrique Medina Guijarro«, hermano de Javier Medina, consejero [a propuesta del PP], número 2 de ese órgano, presidente de la Sección de Fiscalización y aspirante a la presidencia del órgano.

Un escándalo.

No comenzaron a hacer nada hasta el pasado 8 de febrero, cuando a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal se le acabó la paciencia y dictó un auto de incidente de ejecución ordenando, de forma inmediata, la convocatoria de la plaza que había anulado en la sentencia citada.

Porque era una convocatoria que se había amañado para que el perfil del elegido encajara en la persona de Enrique Medina, funcionario procedente de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura. Nada que ver con el Tribunal de Cuentas. Pero Nivel 30. Y 4.300 euros mensuales.

Ya no había espacio ni tiempo para seguir haciéndose lo suecos.

El auto llegó, además, con una «sorpresa china»: 9.000 euros de condena en costas, impuesto por los magistrados del caso, Luis María Díez-Picazo (presidente de la Sala),  Jorge Rodríguez-Zapata Pérez (magistrado ponente), Pablo Lucas Murillo de la Cueva, Celsa Pico Lorenzo, María del Pilar Teso Gamella,  José Luis Requero Ibáñez y Rafael Toledano Cantero.

Es extremadamente extraño que el Supremo, en estos casos, imponga costas a un órgano como el Tribunal de Cuentas; denota el hartazgo del alto tribunal.

Porque esa sentencia no había sido la primera sobre el caso. Era la cuarta en cinco años.

Y tampoco ese auto fue el primero, sino el segundo.

De la misma, no era la primera vez que le imponían la condena en costas. De hecho, el caso les obliga a desembolsar, por este concepto, un total de 38.000 euros.

38.000 euros que se supone que pagará el erario público.

Cuando elaboraron la sentencia, en el ánimo de los magistrados de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo -específicamente, en el de su ponente, José Manuel Sieira Míguez, anterior presidente de la Sala Tercera, pesó el informe del propio abogado del Estado-Jefe del Tribunal de Cuentas, Javier Borrego [ex magistrado del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y uno de los juristas españoles más respetados], quien propuso la nulidad del nombramiento, así como el voto particular de la consejera Enriqueta Chicano, que también fue demoledor.

El Supremo le dijo muy claro al Tribunal de Cuentas que «no ha ejecutado la sentencia» y le ordenó que resolviera la «provisión del puesto de trabajo en litigio de la forma que se establecía en el fallo de 25 de abril de 2016». De forma inmediata.

Y advertía muy seriamente al Tribunal de Cuentas, en su fundamento jurídico 5, que podría incurrir en «responsabilidad» (no especifica si penal, patrimonial o disciplinaria) si siguiera incumpliendo su mandato.

Cumplir con la sentencia

La Comisión de Gobierno de dicho Tribunal de Cuentas ha terminado cumpliendo a regañadientes la sentencia mediante dos acuerdos.

Uno, de 2 de marzo, por el que dejaron sin efecto la convocatoria que habían hecho para dicha plaza el pasado mes de junio, y otro, de 13 de marzo, por el que ordenaron, de nuevo su convocatoria, cosa que se publicó en el BOE del pasado 24 de marzo.

Podía haber sido una cosa pacífica, pero no lo va a ser.

Porque Fernando Clemente, el letrado de ese órgano, que consiguió las 4 sentencias condenatorias del Tribunal Supremo por este asunto, lo ha recurrido en alzada con la argumentación de que la Comisión de Gobierno no tiene potestad para ello, de acuerdo con el documento al que ha tenido acceso Confilegal.

Los acuerdos de la Comisión de Gobierno de dejar sin efecto actuaciones anteriores realizadas por dicha Comisión de Gobierno son ilegales, ya que la competencia la tiene exclusivamente el Pleno, para resolver los recursos de alzada planteados sobre esas actuaciones de la Comisión de Gobierno y estando dichos recursos admitidos, acumulados y pendientes de resolución”, afirma Clemente en su escrito.

Los recursos mencionados son de junio pasado. El primero por la convocatoria del puesto litigioso que se hizo, el 1 de junio de 2016, y el segundo por el nombramiento de Carlos Ortega, el letrado que ocupó provisionalmente la plaza que ocupó el hermano del consejero, hasta que se fue, antes de que de dictara la sentencia que anulo su nombramiento.

De acuerdo con la Ley, el Pleno del Tribunal de Cuentas tendría que haber resuelto dichos recursos de alzada en un plazo máximo de 3 meses.

Nunca lo hizo.

Una opinión idéntica a la que expresó el abogado del Estado-jefe del Tribunal de Cuentas, Javier Borrego, en el Informe que entregó el 10 de marzo a la Comisión de Gobierno en el que afirmaba que el primer acuerdo tomado el de 2 de marzo, debía “estimarse inexistente o nulo por haberse adoptado por un órgano que carece de competencia para ello”.

A pesar del dictamen de Borrego, la Comisión de Gobierno, formada por el presidente de la institución Ramón Álvarez de Miranda, y los consejeros Javier Medina y Felipe García Ortiz, ha hecho caso omiso al dictamen del exmagistrado del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y ha ido adelante con la mencionada convocatoria en el BOE.

De Málaga a Malagón.

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