Abogados Cristianos
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La asociación ya ha anunciado que acudirá al TS y recuerda que una reciente sentencia del tribunal establece que solo pueden utilizarse banderas oficiales.
El juez de Primera Instancia 9 de Valladolid concluye que las manifestaciones críticas del actor están amparadas por el derecho a la libertad de expresión.
Concluye que su actividad promociona el derecho fundamental a la vida recogido en el artículo 15 de la Constitución.
Se trata de la segunda vez esta semana que el tribunal rechaza acceder a la adopción de la medida cautelarísima solicitada por Abogados Cristianos.
La asociación solicitaba que se acordara la suspensión sin escuchar las alegaciones de la Junta de Castilla y León.
Solicita medidas cautelarísimas para suspender la orden de la Junta que establece esa limitación.
El titular del juzgado anula el decreto por el que se acordó colgar la bandera por no ser conforme a derecho e impone las costas a la Diputación.
La asociación interpuso una querella contra el ministro por los presuntos delitos de prevaricación, prohibición de culto y de interrupción de culto.
Desestima el recurso de apelación interpuesto por la Asociación de Abogados Cristianos que solicitaba una pena de 12 meses de multa.
No aprecia circunstancias de especial urgencia para suspender la disposición del Gobierno que impide celebrar actos de culto en el exterior.