Destaca que su jurisprudencia ha precisado que el simple retraso no revela, por sí mismo, un ánimo malicioso, sino que se requiere que se persiga una finalidad ilegítima.
La asociación ya ha anunciado que acudirá al TS y recuerda que una reciente sentencia del tribunal establece que solo pueden utilizarse banderas oficiales.
El juez de Primera Instancia 9 de Valladolid concluye que las manifestaciones críticas del actor están amparadas por el derecho a la libertad de expresión.