Además, considera que el beneficio por cuidado de hijo se debe generar por todos los nacidos entre la interrupción de la carrera de seguro -dentro de los 9 meses anteriores al nacimiento del primer hijo- y los 6 años posteriores.
El Constitucional adelantó el fallo la semana pasada, hoy se ha conocido el texto de la sentencia y del voto particular formulado por dos de los ocho magistrados.